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ASAJA Córdoba aclara que la rebusca únicamente la puede permitir el propietario de la explotación

22/01/2013

ASAJA CORDOBA ha decidido mandar nota a los medios, tras recibir numerosas llamadas de sus socios, solicitando se aclaren los términos de la rebusca para que no se genere confusión y explicando dicho concepto y su regulación.

Ante la situación tan complicada que se vive este año en el campo, los sindicatos solicitaron una reunión para tratar del tema de la rebusca. Conscientes de la situación existente por parte de los empresarios agrícolas, ASAJA CORDOBA acudió a dicha reunión, cuyo resultado fue que, en base a las especiales circunstancias antes mencionadas, las organizaciones y sindicatos reunidos recomendaban que los propietarios, previa petición de los interesados, autorizasen la rebusca.

No obstante, para evitar confusiones hemos de aclarar que:

– La rebusca siempre se ha de llevar a cabo previa autorización por escrito del propietario, que es quien debe AUTORIZARLA si así lo estimase conveniente y tras la finalización de las labores de recolección. En Córdoba existe mucha diversidad en lo que se refriere a las labores de recolección, de manera que en una zona determinada de la provincia puede no haber empezado dicha recolección y en otra estar finalizada.

– La Guardia Civil, conocedora de la regulación de la rebusca, solicitará la autorización que el propietario ha expedido al interesado. ASAJA CORDOBA dispone de modelos de autorización en los que se recogen datos como, nombres y apellidos de los interesados, dirección, DNI, fecha de inicio del permiso, nombre de la explotación, etc. Además deberá ir acompañada de la guía conduce y de la fotocopia del DNI del propietario e interesado.

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