El Ministerio de Agricultura (MAPA) ha abierto desde hoy 30 enero y hasta el 19 de febrero, el trámite de consulta pública del proyecto de modificación del Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, que regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios, con el objetivo de simplificar su aplicación y adaptarla a la situación actual del sector.

Entre las principales novedades, el proyecto redefine la cesión de medicamentos como la entrega sin ánimo de lucro por el veterinario prescriptor para asegurar la continuidad del tratamiento cuando exista una dificultad específica de acceso a la medicación, y, en el caso de animales de compañía, para completar el tratamiento en los términos previstos. También se actualizan supuestos considerados infracciones en relación con la tenencia de medicamentos sujetos a receta y con cesiones que no se ajusten a las condiciones establecidas.
El texto también precisa el uso del botiquín veterinario y concreta que no podrán cederse en ningún caso los medicamentos autorizados para administración exclusiva por el veterinario. En animales de compañía, cuando la cesión sea para completar tratamiento, se limitará a las unidades necesarias en medicamentos con dispensación fraccionada (con material informativo) o, si procede, al formato original equivalente.
Prescripción y uso de antibióticos
La propuesta introduce aclaraciones sobre prescripción y uso de antimicrobianos y refuerza condiciones para profilaxis y metafilaxis, además de incorporar referencias a los protocolos del Plan Nacional frente a la Resistencia a los Antibióticos (PRAN). En metafilaxis, se exige diagnóstico de enfermedad infecciosa y se vincula a un seguimiento previo de la explotación en los seis meses anteriores cuando sea posible, apoyándose en examen clínico y laboratorial reciente o, en su caso, de sensibilidad.
En materia de receta, se detalla que deberá incluir la cantidad prescrita y el formato mínimo necesario para dispensación, y se contempla que, en tratamientos crónicos, la receta pueda cubrir hasta seis meses de tratamiento. Además, se habilita que el veterinario pueda autorizar el uso del medicamento sobrante de una receta anterior conservado en su envase original en la misma explotación, emitiendo una receta de “no dispensación” (con excepciones, como los piensos medicamentosos para animales de producción).
Otra de las líneas del proyecto es la reducción de cargas administrativas vinculadas a la base de datos del Sistema Informático Central de Control de Prescripciones Veterinarias de Antibióticos (Presvet) y la simplificación de la notificación de recetas. En este marco, se plantea que la comunicación de datos por prescripción de antimicrobianos a la base de datos autonómica se realice, como mínimo, con periodicidad mensual.



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