La Conselleria de Medi Ambient de la Generalitat Valenciana ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana una nueva línea de ayudas destinada al control de la vegetación natural mediante aprovechamiento ganadero extensivo en zonas estratégicas de prevención de incendios forestales. El plazo de solicitud se abrió el 23 de junio y se cierra el 7 de julio.

La convocatoria reconoce el doble papel del pastoreo extensivo: reducir la biomasa combustible en el monte mediterráneo y mantener la actividad ganadera en el medio rural. Las especies elegibles son ovino, caprino, equino y bovino, y las zonas subvencionables incluyen áreas cortafuegos, puntos estratégicos de gestión, zonas húmedas catalogadas y montes gestionados por la propia Generalitat.
Cuánto se paga y en qué condiciones
La ayuda por pastoreo puede alcanzar los 132 €/ha y año, con un máximo de 10.000 € por beneficiario. El pago está condicionado a los días de pastoreo acreditados: con 60 o más días se cobra el 100% de la ayuda; entre 30 y 59 días, el 50%; por debajo de 30 días no hay derecho a cobro.
También son subvencionables gastos vinculados a la actividad, con un límite adicional de 2.000 €: collares GPS o de vallado virtual, sensores de comportamiento, bebederos automáticos, abastecimiento de agua en zonas estratégicas y gastos veterinarios. La ayuda se acoge al régimen de minimis agrario, con un techo acumulado de 50.000 € por beneficiario en tres años.
Quién puede solicitarla
Podrán acogerse los titulares de explotaciones ganaderas inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) que operen en extensivo en la Comunitat Valenciana y dispongan de autorización de aprovechamiento forestal de pastos o derecho de uso de los terrenos incluidos en la solicitud.
La superficie mínima subvencionable es de 5 ha por expediente. La carga ganadera mínima exigida varía según la especie: 1 cabeza por hectárea en bovino y equino, 3 en caprino y 5 en ovino. En el caso de zonas incluidas en parques naturales, se aplicarán también cargas máximas conforme a la normativa autonómica vigente. Las solicitudes deben tramitarse a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.


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