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Fortalecimiento de las sanciones por infracción de la normativa de la UE en materia de servicios financieros

PAC 9 Dic 2010 0

La Comisión Europea adoptó ayer una Comunicación en la que se exponen posibles formas de fortalecer los regímenes de sanción en el sector de los servicios financieros de la UE. Hoy en día las normas son muy divergentes entre Estados miembros y cabe afirmar que muchas veces no tienen un efecto disuasorio eficaz. Para realizar la Comunicación se ha pasado revista a los distintos regímenes nacionales que sancionan las infracciones de la normativa nacional que desarrolla algunas de las más importantes directivas de la UE en materia de servicios financieros; la Comunicación expone posibles mejoras y sugiere diversas acciones a nivel de la UE para lograr una mayor convergencia y eficacia entre estos regímenes. Las partes interesadas pueden aportar su contribución hasta el 19 de febrero de 2011.

El Comisario de Mercado Interior y Servicios, Michel Barnier, manifestó: «Si un organismo financiero no se atiene a la normativa europea en el ámbito de los servicios financieros, los operadores y directivos tienen que tener presente que no se saldrán con la suya y que la respuesta va a ser dura, cualquiera que sea el lugar de Europa donde se produce la infracción. Hoy por el momento esto no es así. La Comunicación que nos ocupa señala el camino a seguir para garantizar que las autoridades sancionadoras sean más enérgicas y convergentes en Europa y así proteger mejor los intereses de los ciudadanos».

La Comunicación consiste en una recopilación de información extraída de diversos sectores para comprobar la coherencia y la equivalencia de las autoridades sancionadoras de los Estados miembros, así como la actuación real realizada por ellas. Dicha recopilación ha sido realizada por los tres Comités de supervisores (Comité de Supervisores Bancarios Europeos (CEBS), Comité Europeo de Supervisores de Seguros y de Pensiones de Jubilación (CEIOPS) y Comité de Responsables Europeos de Reglamentación de Valores (CESR)1. El estudio abarca algunas de las Directivas más importantes del sector financiero, incluida la legislación sobre valores, banca y seguros.

Los elementos principales de la Comunicación son los siguientes:

1. Las normas sancionadoras son muy divergentes de un Estado miembro a otro

La crisis financiera ha demostrado que la normativa de los mercados financieros no se respeta siempre ni se aplica como debería en toda la Unión. La primera obligación de las autoridades nacionales es hacer cumplir debidamente la normativa de la UE; ellas tienen la responsabilidad de impedir que los organismos financieros la infrinjan y de sancionar tales infracciones en el ámbito de su jurisdicción. Ahora bien, las autoridades nacionales tienen que actuar de una forma coordinada e integrada.

La Comunicación llega a la conclusión de que las sanciones impuestas por los Estados miembros divergen en aspectos esenciales como los tipos de sanciones posibles y la cuantía de las multas. Esto tiene su importancia ya que, al tratarse de una normativa de nivel europeo, es lógico que la respuesta a las infracciones sea coherente a escala europea. Existe el peligro de que las empresas o los individuos desarrollan sus actividades allá donde las sanciones sean menores o menos probables. El sistema imperante en la actualidad deja bastante que desear tanto en cuanto a su efectividad como a su proporcionalidad y efecto disuasorio.

2. Sugerencias para reforzar y procurar la convergencia de los regímenes sancionadores

Las divergencias puestas de relieve en la Comunicación pueden provocar un falseamiento de la competencia en el mercado interior. Pero, lo que es aún peor, tales divergencias pueden menoscabar la protección de los consumidores, la integridad del mercado y la confianza en el sector financiero. Si la normativa europea no se cumple en un Estado miembro, ello puede tener implicaciones significativas en la estabilidad y el funcionamiento del sistema financiero de otro.

La Comisión considera, por lo tanto, que para excluir el peligro de un mal funcionamiento de los mercados financieros es necesaria una mayor convergencia de los regímenes sancionadores. A tal efecto podrían fijarse unas disposiciones mínimas en determinados ámbitos; estas disposiciones mínimas serían fundamentales para hacer que tales regímenes sean efectivos, proporcionados y dotados de un efecto disuasorio. Entre tales disposiciones estarían los tipos de sanciones posibles, incluida la posibilidad de sanciones penales además de civiles, la cuantía de las sanciones, la posibilidad de imponer sanciones tanto a los organismos financieros como a los individuos responsables de las infracciones, y la publicación de las sanciones.

Próximas etapas

La Comisión quisiera recibir opiniones sobre las propuestas que se presentan en la Comunicación. Las aportaciones pueden enviarse a markt-sanctions-consultation@ec.europa.eu hasta el 19 de febrero de 2011. Sobre la base de las observaciones recibidas, la Comisión elaborará en 2011 propuestas sobre cómo fortalecer los regímenes sancionadores.

Antecedentes:

El fortalecimiento de los regímenes sancionadores es uno de los elementos de la reforma del sector financiero. Con él se complementan otras líneas, de carácter más «preventivo», cuya puesta en práctica gradual ha comenzado ya, como la supervisión efectiva y la buena gestión empresarial.

Como se reconocía en el Informe Larosière, «no puede llevarse una supervisión efectiva con unos regímenes sancionadores endebles y divergentes entre sí. Es esencial que, tanto en la UE como en otros lugares, todos los supervisores puedan instituir unos regímenes sancionadores suficientemente convergentes, estrictos y con un efecto disuasorio2».

Unos regímenes sancionadores suficientemente convergentes son el corolario fundamental de las nuevas Autoridades Europeas de Supervisión (véase MEMO/10/434), que se constituirán el 1 de enero de 2011, y que supondrán una gran mejora para la coordinación de las actividades de control de las autoridades nacionales.

La cuestión de una mayor efectividad de las sanciones se está negociando también a nivel mundial. En la cumbre celebrada en Washington el 15 de noviembre de 2008, los líderes del G20 se pusieron de acuerdo sobre la aplicación de un Plan de acción para la reforma de los mercados financieros, que incluye acciones destinadas a proteger tanto los mercados como los inversores frente a acciones ilícitas, así como a garantizar el establecimiento de regímenes sancionadores apropiados. Reforzar el cumplimiento de la normativa, así como las medidas correctoras, es uno de los objetivos de la reciente reforma de la regulación financiera norteamericana.

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