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Las normas para autorizar a los transportistas de animales vivos de fuera de la UE, en estudio

Porcino 20 Sep 2010 0

Cuando un transportista de animales de vivos, de un estado no miembro de la Unión Europea, quiera ejercer su actividad dentro de la UE, deberá estar registrado, igual que lo están los transportistas comunitarios. Este registro puede solicitarse en cualquier Estado miembro de la Unión Europea. Por este motivo, el Ministerio de Medio Rural (MARM) está preparando una normativa con los requisitos que deben cumplir los transportistas de animales vivos, de países no miembros de la Unión Europea que deseen ejercer su actividad en España y que no se encuentren ya autorizados por otro Estado miembro.

De acuerdo con el borrador de normativa sobre el que se está trabajando, no solo los transportistas tendrían que estar autorizados y registrados, sino también los medios de transporte y los contenedores que se utilicen. Para ello, el transportista debería estar representado en el territorio español por una persona que designe al efecto ante la autoridad competente, persona que figuraría como tal representante en la base de datos “Sistema informático de registro de transportistas de animales” (SIRENTRA),

Las autorizaciones a los transportistas de fuera de la UE tendrían una validez máxima de 5 años a partir de su fecha de expedición. Finalizado este periodo, debería renovarse la inscripción en el registro para poder continuar realizando esta actividad

Toda la información relativa a transportistas, medios de transporte y contenedores de países no miembros de la Unión Europea se tendría que incluir en el registro de transportistas de animales, que está gestionado por el MARM.

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