• Contacto
  • separador
  • Anuncios clasificados
  • SUSCRÍBETE
Agrodigital

la web del campo

  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Remolacha y azúcar
    • Frutas y hortalizas
    • Insumos agrícolas
    • Vino
    • Olivar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • PAC España
    • Política agraria países terceros
    • OMC-Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • Voces del campo
    • Entrevistas
    • Opinión
Sección con el apoyo de

Nuevo plazo para la comunicación de los nacimientos de los animales bovinos

09/12/2008

Acaba de ser publicado el Real Decreto 1835/2008, con el objeto de adaptar la legislación española a la comunitaria en lo que se refiere a los plazos de comunicación de los nacimientos de animales bovinos por parte de los ganaderos. Los poseedores de animales, exceptuando a los transportistas, tienen que comunicar a la autoridad competente los nacimientos de los animales bovinos en la explotación en el plazo de siete días contados a partir del nacimiento del animal. Con la nueva norma, dicho plazo podrá computarse desde la fecha de colocación de las marcas auriculares, que tendrá lugar como máximo en los veinte días tras el nacimiento, siempre y cuando ambas fechas no den lugar a confusión en ningún registro.

Esta excepción no se aplicará a los animales nacidos en explotaciones en extensivo o de ganadería de montaña, que estén autorizadas a ampliar el plazo máximo para la colocación de las marcas auriculares hasta seis meses, debido a que sus condiciones de gestión específicas hacen difícil e incluso peligroso, la colocación de los crotales en los veinte días tras el nacimiento del animal.

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Escriba un comentario: Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Lo último sobre VACUNO

  • Ganaderos exigen blindar Castilla y León frente a la DNC 29/05/2026
  • El CIRAD desarrolla una nueva vacuna contra la dermatosis nodular contagiosa bovina 27/05/2026
  • Brasil inicia una carrera contrarreloj para no perder el mercado cárnico europeo 21/05/2026
  • China reactiva la importación de vacuno USA tras la cumbre bilateral 18/05/2026
  • Desaparecen 118 reses de dos granjas alemanas en una operación de tráfico de animales 12/05/2026
  • Unión de Uniones rebate el balance optimista del Ministerio sobre el vacuno de carne 12/05/2026
  • El vacuno de carne español recupera censo y cotiza por encima de la media europea 08/05/2026
  • El Parlamento Europeo blinda la cabaña ganadera frente a las políticas de recorte 05/05/2026
  • Facebook
  • Instagram
  • TikTok
  • Twitter

¿Quieres estar al día de todo lo que pasa en el campo?

Suscríbete a nuestra Newsletter

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2026 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

¿Quieres estar al día de toda la actualidad del campo?

Suscríbete a nuestra Newsletter

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web y obtener analítica web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo.Estoy de acuerdo