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Ayudas DANA: si tiene deudas fiscales o con la SS tiene hasta el 16 de septiembre para subsanarlas

11/09/2025

El FEGA ha publicado la propuesta de resolución definitiva de titulares de la ayuda extraordinaria para compensar los daños no cubiertos por el seguro agrario en las explotaciones afectadas por la dana, que no están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.

Foto: MAPA

Esta ayuda de carácter excepcional, establecida por el Real Decreto 684/2025 de 29 de julio, tiene como finalidad compensar el valor económico de la producción asegurada dañada por la dana a los titulares de pólizas del seguro agrario combinado, en aplicación de las condiciones del contrato suscrito de seguro agrario, en la parte no cubierta por la indemnización del seguro agrario, cuenta con una dotación presupuestaria de 13 millones de euros procedentes de los fondos europeos con cargo a la reserva agrícola de la Unión Europea (UE).

Los interesados que figuran en la citada relación dispondrán de un plazo máximo de cinco días hábiles (finaliza el próximo 16 de septiembre incluido) para poder revertir la situación.

Para más información pinche aquí

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