El Departamento de Agricultura de Aragón ha publicado la convocatoria de subvenciones destinada a explotaciones de peral y membrillero afectadas por el fuego bacteriano (Erwinia amylovora) durante 2025, con un presupuesto inicial de 500.000 €. Estas ayudas buscan sufragar parte de los costes de arranque de plantaciones dañadas y la adquisición de plantones de especies leñosas menos susceptibles a la enfermedad, con el objetivo de mantener la viabilidad económica de las explotaciones y garantizar la continuidad de la actividad agrícola en las zonas afectadas.
Primeras medidas específicas en Aragón
La directora general de Calidad y Seguridad Alimentaria, Aitziber Lanza, ha señalado que se trata de la primera vez que se ponen en marcha medidas de este tipo en Aragón, en respuesta a una demanda histórica del sector. Además, ha indicado que la convocatoria no será puntual, sino que se repetirá en años sucesivos, con la intención de abarcar las 400 ha afectadas en la comarca de Calatayud y a los agricultores de otras zonas donde pueda extenderse la enfermedad.
Una enfermedad con fuerte impacto en Calatayud
El fuego bacteriano, presente en Aragón desde hace más de una década, afecta a frutales de pepita como peral, manzano y membrillero. La enfermedad puede destruir árboles en pocas semanas y en los últimos años ha avanzado de forma significativa en la comarca de Calatayud, ocasionando pérdidas importantes en los cultivos de peral y membrillo.
Principales aspectos de la convocatoria
• Beneficiarios: agricultores profesionales, sociedades agrarias y propietarios de parcelas que hayan mantenido peral o membrillero desde 2019.
• Actividades subvencionables:
- Arranque de parcelas con peral o membrillero afectados.
- Compra de plantones de especies leñosas alternativas menos sensibles a la enfermedad (excluidas peral blanquilla, conferencia y membrillero).
• Cuantías: hasta el 50% del gasto subvencionable.
- 2.000 €/ha para arranque.
- 3.000 €/ha para nuevos plantones.
- Límite máximo de 30.000 € por beneficiario.
• Plazo de solicitud: 20 días desde la publicación en el Boletín Oficial de Aragón.
• Tramitación: exclusivamente telemática, a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón (procedimiento 11155).
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.