El Gobierno Vasco publicó la pasada semana la Orden de Ayudas destinadas a la creación, adaptación o equipamiento de inmuebles destinados a alojar a personas temporeras que presten servicios en el sector agrario.
Se pueden acoger a las ayudas las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su forma jurídica, pública o privada. En el caso de personas físicas o jurídicas privadas deben ser titulares o cotitulares de una explotación agraria. La ejecución de las inversiones y gastos deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. La partida económica total incluida en esta convocatoria es de 80.000 euros, siendo de 20.000 euros, la cuantía máxima que puede recibir cada solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza con el agotamiento de fondos y en todo caso el 15 de noviembre. Pueden presentarse tanto de forma presencial como electrónica, siendo obligatoria la vía electrónica para las personas jurídicas. Para consultar la Orden, pinche aquí.
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