El Ministerio de Agricultura inició ayer el procedimiento de consulta pública del proyecto de real decreto para el reconocimiento de organizaciones de productores y sus asociaciones en el sector del olivar (aceite de oliva y aceitunas). El plazo termina el próximo 1 de marzo.
El borrador de RD establece los requisitos de reconocimiento de las organizaciones de productores y de
sus asociaciones, las condiciones para el establecimiento de extensión de normas y las negociaciones contractuales por parte de las mencionadas organizaciones y asociaciones reconocidas.
En relación con los requisitos de reconocimiento de las OP, se exige entre otras cuestiones, que agrupen un número mínimo de productores y de producción comercializable por campaña, que depende de la Comunidad Autónoma en donde esté la OP y de si se trata de aceite de oliva o de aceitunas. En el cuadro adjunto puede verse la propuesta que hace el Ministerio. También se exige que el volumen de producción comercializable no supere el 30% de la producción nacional en cada sector específico.
El RD propuesto también regula que una organización de productores reconocida o una asociación reconocida de OP considerada representativa podrá solicitar extensión de norma de algunos de los acuerdos pactados en dicha entidad, por un periodo limitado. En consecuencia, dichos acuerdos serán obligatorios para otros operadores, tanto individuales como agrupados, que no pertenezcan a la organización u asociación. Además, podrán solicitar que los productores,
que no sean miembros de la misma, abonen a la organización la parte de las
contribuciones financieras pagadas por los productores miembros.
Asimismo, en relación con las negociaciones contractuales, el proyecto de RD establece que los socios interesados en que la citada organización o asociación realice la negociación de las condiciones de los contratos de suministro de sus productos, deberán emitirles un mandato por un período mínimo de dos años, coincidente con el periodo mínimo de adhesión a la organización (no será necesario el mandato en el caso de cooperativa o SAT). El volumen cedido por el socio para la negociación deberá ser del 100% de su volumen de producción comercializable.
Para consultar el borrador de RD, pinche aquí
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