UAGN consigue que las indemnizaciones y subvenciones no computen en el volumen de ingresos que determina el límite de exclusión del régimen de módulos. Los agricultores y ganaderos seguirán tributando por subvenciones e indemnizaciones como hasta ahora.

UAGN, por tanto, considera un paso adelante que Hacienda de Navarra, a hora de determinar la exclusión del régimen de estimación objetiva, no tenga en cuenta las subvenciones corrientes o de capital, ni las indemnizaciones que correspondan a cada uno de los cultivos o explotaciones, que sirven de base para determinar el rendimiento neto de las actividades agrícolas ganaderas y forestales. Este límite como es sabido se mantiene en los 300.000 €.
Además consigue para el 2019 una reducción de los índices a aplicar en los siguientes sectores productivos:
Índice conseguido | Índice propuesto | |
Actividad agrícola dedicada a la obtención de uva para vino incluida en la Denominación de Origen Navarra | 0,173 | 0,236 |
Actividad agrícola dedicada a la obtención de melocotón | 0,173* | 0,236 |
Actividad agrícola dedicada a la obtención de frutos no cítricos | 0,236 | 0,346 |
Actividad agrícola dedicada al bróculi | 0,173 | 0,267 |
Actividad agrícola dedicada a las oleaginosas | 0,236* | 0,297 |
*Índice conseguido también para el 2020
“Esta normativa previsiblemente se publicará el viernes el Boletín Oficial de Navarra, dando validez a un proceso de negociación que demuestra la capacidad de interlocución y negociación, de UAGN”, declara Félix Bariáin, presidente de UAGN
UAGN acudirá a la reunión convocada por la Consejería de Hacienda de Navarra el próximo miércoles día 4 de marzo, con actitud constructiva, pero con la firme intención de seguir mejorando y defendiendo la fiscalidad en el sector de una forma coherente y consciente de la grave crisis que atraviesa el agricultor y ganadero en Navarra, así como insistirá en la bajada de módulos de viña y tomate. De hecho algunas propuestas que no han sido inicialmente aceptadas serán puestas en valor en la reunión, como apoyos fiscales a los agricultores y ganaderos ubicados en las zonas con mayor índice de despoblamiento por su actuación en el equilibrio territorial y social de Navarra o por comportamientos medioambientalmente sostenibles en el manejo agrario que suponen incrementos en los costes de producción.
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