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El Ministerio se ha doblegado a las pretensiones catalanas según la  Comunidad de Labradores y Ganaderos de Almendralejo

02/02/2018

Cabe recordar que el marco legal que regula el potencial de producción vitícola actual data desde el 1 de enero de 2.016, habiéndose publicado hasta la fecha varios Reales Decretos por parte del Ministerio, así como Decretos por parte de la Administración Regional. Así, desde el 1 de enero de 2.016 y hasta el 31 de diciembre de 2.030, las plantaciones de viñedo de uva de vinificación podrán ser plantadas o replantadas únicamente si se concede una autorización administrativa (artículo 4.1 del Decreto 3/2.017). Es decir, desde el 1 de enero de 2.016, un viñedo podrá ser plantado mediante la conversión de un derecho de plantación de viñedos concedido antes del 31 de diciembre de 2.015, o bien mediante la replantación de arranque de viñedo realizado a partir del 1 de enero de 2.016, o bien mediante la autorización para nuevas plantaciones de viñedo concedida por parte del Ministerio. Por tanto, existen hasta la fecha tres modalidades para poder plantar un viñedo a partir del 1 de enero de 2.016.

Anualmente el Ministerio fijará la superficie que se podrá conceder para autorizaciones para nuevas plantaciones, y que deberá ser superior al 0% y como máximo del 1% a nivel nacional de la superficie plantada de viñedo a 31 de julio del año anterior. Así para el 2.016 se concedieron 4.173 has. (0,43%), para el 2.017 se concedieron 4.989  has. (0,52%), mientras que para el 2.018 se concedieron 4.950 has. (0,52%). Hemos de señalar, que esta Asociación ha pedido siempre la concesión del 1% en las autorizaciones para nuevas plantaciones con motivo de la pérdida de superficie vitícola que año tras año se viene produciendo en nuestro país, quedándonos en desventaja con respecto a nuestros principales competidores.

Establece la normativa en vigor, que el Ministerio a propuesta de los Consejos Reguladores, Organizaciones Interprofesionales, etc., podrá limitar, pero no prohibir la superficie disponible para autorizaciones en la zona geográfica delimitada para una Denominación de Origen Protegida. Señalamos que ni en 2.016, ni en 2.017, el Ministerio consideró las propuestas hechas desde el sector del CAVA para limitar las autorizaciones en su demarcación geográfica, cosa que no ha ocurrido como todos sabemos para el año 2.018, doblegándose a las pretensiones de un colectivo que no ha justificado (perspectivas de mercado, previsión del impacto de nuevas superficies que entren en vigor, etc.) el motivo por el cual se ha propuesto una limitación para 2.018 (57,40 has. para conversiones, 57,40 has. para replantaciones y 57,40 has. para nuevas plantaciones).

Dicho esto, y es ahí nuestra indignación, de las aproximadamente 1.400 has. de viñedo inscritas para CAVA hasta el año 2.017, entre 800-900 has. fueron inscritas en los años 2.016 y 2.017, procediendo más del 95% de conversiones de derechos de plantación y replantaciones de arranque de viñedo (escasa superficie de esta última modalidad, ya que se empezaron a generar a partir del 1 de enero de 2.016), por tanto, en la actualidad mezclar porcentaje de nuevas plantaciones concedidas con limitaciones para superficie de CAVA es como tratar de mezclar el agua con el aceite, con el único objetivo de confundir a la opinión pública. Con la limitación de 2.018 no se podrían haber inscrito en D.O. CAVA entre 800 y 900 has. en dos campañas, tal y como se ha hecho en 2.016 y 2.017.

Está clara, la maniobra política del Ministerio en este asunto para el año 2.018, de manera que coincidimos plenamente con el manifiesto hecho al respecto por el Equipo de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo el pasado 29 de diciembre, así como con las manifestaciones hechas por APAG EXTREMADURA ASAJA en numerosos medios.

Queremos mostrar nuestro malestar, por la intencionada y confusa información que al respecto se ha vertido en medios digitales (Facebook,….) y de papel (La Capital de Tierra de Barros, …..), con el deseo de no repetirse, ya que está en juego un sector en alza, pudiéndose causar graves perjuicios económicos a los protagonistas de este asunto que no son otros que los viticultores con parcelas en el Término Municipal de Almendralejo.

Llamamos a la prudencia a la hora de acometer plantaciones de viñedo para CAVA en este año 2.018, debido a la incertidumbre que rodea en la actualidad al mismo, hecho que no ha ocurrido jamás, siendo este el PECADO cometido por un Ministerio doblegado a las pretensiones catalanas.

Deseamos que en las próximas campañas, los precios de nuestras uvas para CAVA sean acordes a los mercados, desmontando uno de los argumentos aportados al Ministerio para que limitará las plantaciones en 2.018, como ha ocurrido.

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