En atención a la solicitud para la inclusión de la sustancia activa lambda cihalotrin, en el Reglamento Específico de Producción Integrada de Remolacha Azucarera de Andalucía, y una vez estudiadas las características del producto, en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Junta de Andalucía, procede a autorizar provisionalmente, hasta que tenga lugar su inclusión definitiva en el citado Reglamento Específico, la utilización del citado producto fitosanitario para el control integrado de cásida y pulgones en el Reglamento Especifico de Producción Integrada de remolacha azucarera de Andalucía.
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro.
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