Madrid, 08 de octubre´03. La reforma que pretende acometer la Comisión Europea, cuyas líneas generales ya se han perfilado en su Comunicación del pasado 23 de septiembre, podrían atentar contra el Derecho Comunitario Primario, como son los Tratados Fundacionales y las Actas de Adhesión de los Estados Miembros.
Si examinamos ambos Protocolos, se observa que la reforma del régimen del algodón, tal y cómo lo presenta la Comisión, atentaría contra los objetivos fundamentales de este régimen, establecido justamente con el Acceso de Grecia a la Comunidad (hoy, Unión).
Así, pues, se encontraría en directa confrontación con:
• Punto 2.1 del Protocolo 4: “se establece un régimen en la Comunidad destinado sobre todo a mantener la producción de algodón en las regiones de la Comunidad allí donde sea importante para la economía agrícola”
• Punto 3 del Protocolo 4: “ El régimen previsto comprende la concesión de una ayuda a la producción”.
Con la propuesta actual de la Comisión, no se podrá mantener la producción en unas regiones de la Unión donde el entramado social es frágil económicamente. Además, la lógica de la desvinculación de las ayudas se opone frontalmente a lo acordado ya en 1979 y ratificado en 1986 en textos que son fuente primaria del Derecho Comunitario.
PROTOCOLO Nº 4
• Punto 2: “Se establece un régimen en la Comunidad destinado sobre todo a:
o mantener la producción de algodón en las regiones de la Comunidad allí donde sea importante para la economía agrícola
o permitir una renta equitativa para los productores,
o estabilizar el mercado para la mejora de las estructuras a nivel de la oferta y de la comercialización.
La Comisión Europea ha propuesto que se instaure un desacoplamiento de las ayudas al cultivo del algodón, en dos tramos: tomando como referencia las ayudas percibidas entre los años 2000 a 2002, el agricultor recibiría el 60 % como pago único garantizado, con la única condición de mantener el suelo en buenas condiciones, el otro 40% de la ayuda se administraría a través de un Sobre Nacional y se repartiría entre aquellos que mantengan el cultivo del algodón como apoyo a la hectárea y vinculado a la pertenencia a una organización vertical, todo sobre una superficie máxima de 85.000 hectáreas (en la actualidad hay 93.000 en España, el 95 % en Andalucía y el 5% restante en la Región de Murcia)
COAG rechaza de manera enérgica esta propuesta porque la considera nociva para el futuro del sector y del tejido productivo y rural que este genera, el cual resultaría desmantelado de manera irreversible sin que se hayan evaluado de manera rigurosa esas nefastas consecuencias. La desaparición del algodón supondrá un duro golpe para sus entornos, que suelen ser zonas deprimidas, pues del algodón no sólo viven los agricultores sino también un porcentaje elevado de población rural que trabaja en desmotadoras y en comercialización; paro y abandono del medio rural serían unos efectos colaterales de difícil arreglo.
Hay que recordar que la Organización Común de Mercado del Algodón ya fue reformada por la Unión Europea en el año 2001, que la Unión Europea sólo produce el 15% del algodón que necesita y que los productores han realizado importantes esfuerzos para minimizar el impacto medioambiental de este cultivo.
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