• Agrodigital - La web del campo
  • Contáctanos
  • separador
  • Anúnciate con nosotros
  • ✉︎ NEWSLETTER
  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Remolacha y azúcar
    • Frutas y hortalizas
    • Insumos agrícolas
    • Vino
    • Olivar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • PAC España
    • Política agraria países terceros
    • OMC-Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • Voces del campo
    • Entrevistas
    • Opinión

Se reducen los aplazamientos de pago en las operaciones comerciales

Alimentación 21 Jun 2004 0

18.jun.’04.- El Consejo de Ministros ha aprobado un Proyecto de Ley por el que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, mediante la regulación del régimen de los aplazamientos de pago.

El texto hoy aprobado permitirá combatir la morosidad en los pagos de operaciones comerciales entre empresas, o entre contratistas principales y sus proveedores y subcontratistas, regulación que venía solicitando el sector agroalimentario, para conseguir unos plazos de pago razonables e impedir los retrasos injustificados.

Con este fin, la nueva Ley introducirá una limitación para los aplazamientos de pago superiores a los 60 días, en los productos de alimentación y gran consumo que no tengan la consideración de frescos y perecederos, ya que para estos últimos la limitación es de 30 días.

Para la puesta en marcha de este nuevo régimen de pagos, se establecerá un régimen transitorio que permita a las empresas adaptarse a la nueva resolución, planteándose una adaptación paulatina, de forma que en el primer año de vigencia de la Ley, la limitación se fijaría en 90 días.

Con esta nueva norma se adapta la legislación vigente a las normas comunitarias, en las que se pretende acabar con la disparidad existente entre los Estados miembros en lo relativo a las prácticas en materia de pagos, fomentando una mayor transparencia en la determinación de los plazos.

Deja un comentario Cancelar respuesta

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Te puede interesar:

El fin del «puede contener» indiscriminado: el Codex fija por primera vez umbrales científicos para alérgenos
Alimentación14 Jul 2026

El fin del «puede contener» indiscriminado: el Codex fija por primera vez umbrales científicos para alérgenos

Pais Vasco corta el tráfico pesado un día entero por el eclipse del 12 de agosto
Alimentación13 Jul 2026

Pais Vasco corta el tráfico pesado un día entero por el eclipse del 12 de agosto

Unión de Uniones traslada al Parlamento Europeo sus enmiendas al paquete Ómnibus agroalimentario
Alimentación8 Jul 2026

Unión de Uniones traslada al Parlamento Europeo sus enmiendas al paquete Ómnibus agroalimentario

Agrodigital
Contacto Anúnciate con nosotros

¿Quieres estar al día de todo lo que pasa en el campo?

Suscríbete a nuestra Newsletter

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2026 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario y obtener analítica web.AceptarRechazar