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Las Tasas de Extinción de Incendios las impone la Ley, por lo que si no se aplican estaríamos ante un caso de prevaricación.

08/09/2004

Ecologistas en Acción recuerda a los políticos que las aplicación de las Tasas de Extinción tras un incendio son Norma Legal recogida en el Art. 50 de la Ley de 29 de Junio de 1999 de Prevención y Lucha contra los incendios Forestales, por lo que recomienda que aparquen el populismo demagógico diciendo que no se van a aplicar, porque de ser así, se estaría incurriendo en un delito de Prevaricación por puro oportunismo.

Las Tasas de Extinción es una de las novedades más importantes de la citada Ley, y consiste en que el propietario afectado, cubra parte del coste del operativo de extinción utilizado en el Incendio. Sin embargo, el espíritu de la Ley no es recaudatorio ya que cualquier propietario que haya tomado las oportunas medidas de prevención ve reducida la Tasa en un 75% y si además está integrado en una Agrupación de Defensa Forestal la reducción es del 100%, por lo que en realidad la tasa persigue estimular la adopción de medidas preventivas por parte de los propietarios de terrenos forestales.

Para Ecologistas en Acción la Tasa de Extinción entendida como estímulo a la mejora en prevención es positiva y su aplicación nos irá despejando dudas sobre qué propietarios son corresponsables de que los incendios hayan alcanzado magnitudes de catástrofe, al no haber emprendido medidas preventivas en sus fincas, facilitando así la propagación del incendio, frente a otros que sí las asumieron y por tanto son sólo víctimas. El tratamiento, por tanto, que desde la administración se de a unos y a otros a la hora de hablar de compensaciones o de subvenciones para los preceptivos planes de restauración deberían ser claramente diferentes.

Para Ecologistas en Acción la exigencia de que se exima a todos los propietarios de la Tasa de Extinción, sin comprobar la situación de su finca, además de ilegal es injusta y sentaría un nefasto precedente, renunciando a la pretensión de implicar a los propietarios privados en la adopción de medidas preventivas en el monte. Si esto es lo que pretende, que se diga y se exija la derogación del articulado que desarrolla la exigencia de tasas de extinción pero que no se confunda a los afectados con declaraciones demagógicas. Lo que ha dicho el Sr. Zarrías, y no ha desmentido la Sra. Coves, es una irresponsabilidad que raya lo delictivo. Parece como si el Sr. Zarrías quisiera arañar unos pocos votos a costa del erario publico y de la salud de nuestros bosques.

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