Dada la evolución epidemiológica favorable de la lengua azul en España y a que las condiciones climatológicas han limitado la supervivencia del vector transmisor y el virus de la enfermedad, el Ministerio de Agricultura ha decidido modificar las actuales normas de movimiento. Las zonas de seguridad se han suprimido y se ha restablecido la normalidad de movimiento de especies sensibles en y desde dicha zona (Orden APA/4089/2004). Estas nuevas normas entraron en vigor ayer, día 15 de diciembre y estarán vigentes hasta el próximo 31 de enero.
Se mantiene que para que los animales sensibles a la enfermedad, que procedan de una explotación situada en una zona restringida, puedan moverse tanto para vida como para sacrificio, tienen que cumplir una serie de condiciones, que entre otras son: que los animales no tengan síntomas clínicos, los vehículos tienen que ser desinsectados ante de la carga e ir en vehículos precintados si se sale de la zona restringida o se cruza a otra comunidad, la carga y descarga se tiene que hacer en las horas centrales del día o de la noche y los animales y las explotaciones de origen tienen que ser desinsectados. Además, según el destino de los animales se tienen que cumplir unos requisitos adicionales.
Distribución geográfica de las zonas.
Zona Restringida (ZR):
– Baleares,
– Extremadura,
– Ceuta y Melilla
– Andalucía: las provincias de Huelva, Cádiz, Málaga, Sevilla, Córdoba y las comarcas veterinarias de Jaén y Andujar en Jaén.
– Castilla-La Mancha: las comarcas veterinarias de Talavera de la Reina, Los Navalmorales, Oropesa y Belvis de la Jara en la provincia de Toledo, y las comarcas de Horcajo de los Montes, Piedrabuena, Almodóvar del Campo y Almadén en la provincia de Ciudad Real
Zona Libre (ZL):
El resto del territorio que no es zona restringida
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