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España aplicará el artículo 69 en vacuno de carne y leche

01/08/2005

El Ministerio de Agricultura decidió, tras la Conferencia Sectorial del viernes 29 de julio, la aplicación del artículo 69 a los sectores de vacuno de carne, con una deducción de un 7%, al de vacuno de leche en un 10%.

La aplicación de este artículo consiste en que se practicarán deducciones en los importes de referencia correspondientes a las ayudas que en estos sectores pasan al Pago Único a partir de la próxima campaña. El importe recaudado con estas deducciones irá destinado a ayudas que favorezcan la calidad o el respeto medioambiental dentro de esos mismos sectores, de forma separada.

En el caso del vacuno de carne, las ayudas irán destinadas a favorecer a los ganaderos que mantengan vacas nodrizas. La prima a la vaca nodriza no forma parte del Pago Único, y por tanto está fuera de la aplicación de esta deducción. Además precisamente serán los ganaderos de vacas nodrizas los que se beneficien de la ayuda que se establezca.

En el caso de la leche los beneficiarios de la ayuda serán los ganaderos que continúen produciendo leche y que cumplan con la normativa de higiene.

Con esta decisión se completa la decisión de la aplicación del artículo 69 en España que, aparte de en los sectores señalados, se aplicará en tabaco (10%) y algodón (10%), habiéndose descartado la aplicación en otros sectores.

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