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Establecida la normativa para la concesión de subvenciones a organizaciones interprofesionales agroalimentarias

14/10/2005

El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a organizaciones interprofesionales agroalimentarias, cuyo ámbito de actuación se extiende a la totalidad del territorio del Estado, o es superior al de una comunidad autónoma. Por este motivo, la gestión de las ayudas se llevará a cabo por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el objeto de asegurar su plena efectividad y garantizar iguales posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales destinatarios.

Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias son herramientas esenciales en la articulación vertical del sector agroalimentario. Desde la promulgación de la Ley que las regula en 1994, diversos sectores se han estructurado en torno a estas organizaciones de naturaleza privada, carácter representativo y sin ánimo de lucro, que desempeñan una importante función de coordinación y colaboración entre los distintos agentes económicos implicados en el sistema agroalimentario.

Las ayudas a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, han desempeñado un destacado papel en la política de fomento de la constitución y funcionamiento de dichas organizaciones, presentando un balance muy satisfactorio a lo largo de sus ocho años de vigencia, pero que se hace necesario actualizar sus cuantías que han permanecido inalterables desde 1997.

Estas subvenciones van destinadas a la realización de campañas de información y promoción, incluida la creación de su imagen externa, en las que se incluye elaboración de estudios, dotación de sistemas informáticos de acopio, tratamiento y transmisión de datos y el equipamiento e instalación de laboratorios de control.

Asimismo, se ha considerado conveniente abordar la financiación de los gastos de ejecución de planes marco específicos destinados al planteamiento de planes estratégicos para el sector, diseño e implantación de sistemas de mejora de la calidad y de la seguridad de los procesos que intervienen en la cadena agroalimentaria, elaboración y aplicación de sistemas de trazabilidad, certificación y acreditación y diseño de planes y sistemas de seguimiento para el conocimiento de los mercados.

Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias podrán recibir ayudas para los gastos de funcionamiento durante los cuatro primeros años de actividad, cuyo importe máximo oscilará entre el 60 y el 30 por ciento del presupuesto de gastos presentado, y que no podrá superar los 90.000 euros o los 36.000 euros, según sea el primero, segundo, tercero o cuarto año desde su reconocimiento por el MAPA y su inscripción en el Registro de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias.

En este Real Decreto también se especifican los diferentes importes y porcentajes de ayudas, según se trate de gastos de gerencia o de realización de estudios, campañas de información y promoción del producto o de creación de imagen externa de las citadas organizaciones.

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