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Desde hoy se podrán solicitar las compensaciones para las empresas españolas del sector de carne de ave

21/09/2006

Se ha publicado la Orden que regula las ayudas que se van a conceder a las empresas del sector de la carne de ave, con motivo de la influenza aviar (Orden APA 2882/2006). Se incluyen dos tipos de ayudas, una a la destrucción y transformación de huevos para incubar y otra de compensación por la depreciación de la carne de ave congelada.

En cuanto a las ayudas por la destrucción y transformación de huevos para incubar, la cuantía de la ayuda será un máximo de 0,15 €/huevo. En el caso de huevos destinados a la transformación, esta cantidad se reduciría en 0,03 €/huevo o en el precio de venta, si éste fuera superior a 0,03 €. El número máximo de huevos destruidos o transformados por los que puede recibirse la indemnización es de 7,8 y 1,8 millones, respectivamente.

La compensación por depreciación de la carne de ave congelada se concederá a las empresas que hubieran congelado y almacenado, durante al menos 2 meses, de forma consecutiva, un mínimo de 5 toneladas de carne. La cuantía de la compensación será de 1,12 € por cada kilo que hubiera permanecido almacenado. Este importe se reducirá en 0,12 €/kg cuando los gastos de almacenamiento no hubieran sido por cuenta del solicitante. Asimismo, se descontará el valor de las restituciones a la exportación que correspondieran y el importe que se hubiera percibido por la venta de la carne.

Solo podrán recibir estas ayudas, las actividades realizadas entre el 1 de octubre de 2005 y el 30 de abril de 2006, ambos inclusive.

Las ayudas se solicitarán desde el 21 de septiembre al 7 de octubre de 2006, ambos incluidos.

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