Acaba de ser notificada por la Comisión al representante legal de las industrias desmotadoras una decisión desestimando las reclamaciones presentadas por las mismas sobre la responsabilidad extracontractual del Consejo y de la Comisión por los daños y perjuicios causados a la industria desmotadora española debido a la aplicación durante la campaña 2006/2007 de las disposiciones anuladas por el Tribunal de Justicia de Luxemburgo en la sentencia del 7 de septiembre de 206 sobre la reforma del régimen de ayudas al algodón.
Los daños reclamados en conjunto ascienden a 25 millones de euros y corresponden a los producidos en la primera campaña de aplicación del régimen anulado.
La Comisión y el Consejo demuestran una vez mas una gran insensibilidad a los problemas económicos generados hacia la industria española obligando a la misma a afrontar en el Tribunal de Justicia de la UE un proceso por indemnización de daños el cual podría demorar, siendo optimistas, al menos tres años. En ese momento, los daños producidos pueden ser totalmente irreversibles estando algunas desmotadoras avocadas al cierre empresarial o a la quiebra.
Ante esta situación exigimos a las autoridades competentes, españolas y comunitarias que tomen las medidas oportunas para evitar estos daños que podrían ser irreversibles, con el agravante, como señalaron las conclusiones de la Abogada General de marzo de 2006 y la propia sentencia, de que la desaparición de la industria desmotadora provocaría la desaparición del cultivo ya que ambas actividades están indisociablemente ligadas.
Madrid, 10 de mayo de 2007
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