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Nueva clasificación comunitaria según el riesgo de EEB

26/06/2007

La Comisión Europea ha adoptado un reglamento que simplifica y actualiza las medidas para la clasificación de los países según el riesgo de EEB. Esta clasificación es un medio de determinar las condiciones de importación para animales vivos, carne, productos cárnicos, con el fin de proporcionar las garantías necesarias para la salud humana y animal.

Este nuevo reglamento, que modifica el reglamento 999/2001, armoniza el sistema actual con el establecido por la Organización Mundial de la Sanidad Animal (OIE). Establece tres categorías: riesgo insignificante de EEB, riesgo controlado de EEB y riesgo indeterminado de EEB. Este sistema sustituirá al actual, de 4 categorías de Riesgo Geográfico de EEB (GBR por sus siglas en inglés), que expira el próximo 30 de junio.

El reglamento también incluye criterios detallados para la determinación del estatus de EEB, normas para la recogida de material especificado de riesgo (MER) y normas para la importación de animales vivos y productos animales en la UE. El nuevo reglamento entrará en vigor el próximo 1 de julio.

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