El Gobierno de Navarra otorgará indemnizaciones de hasta 72.000 euros para compensar económicamente a las explotaciones ganaderas en las que se establezcan medidas sanitarias obligatorias para erradicar enfermedades. Las medidas sanitarias objeto de la ayudas son el vacío sanitario de la explotación ganadera y la imposibilidad de aprovechar los pastos comunales o de acudir a festejos populares. Así lo fija una Orden Foral de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Begoña Sanzberro.
La presencia de enfermedades sometidas a programas de erradicación provoca a menudo restricciones en el movimiento del ganado y el sacrificio de animales. La normativa vigente tiene establecida una serie de indemnizaciones para compensar la perdida económica que supone el sacrificio de estos animales. Pero, estas indemnizaciones no contemplaban las mermas económicas de los productores por las restricciones impuestas en cada caso y que en ocasiones pueden suponer perder un alto porcentaje de los ingresos de la explotación, O incluso, el cese de su actividad.
El vacío sanitario de la explotación se define como el periodo de inactividad originado desde el sacrificio obligatorio de todos los animales de la explotación hasta la reintroducción de nuevos ejemplares. Este periodo, que puede durar hasta 3 meses, supone un evidente perjuicio económico a la explotación ganadera.
Por otro lado, el programa de erradicación de enfermedades puede implicar la inmovilización del ganado en la explotación, impidiéndose el aprovechamiento de los pastos comunales, base productiva de muchas explotaciones de régimen extensivo. En las explotaciones de vacuno de lidia estas inmovilizaciones determinan la imposibilidad de asistir a los festejos populares sin muerte, principal fuente de recursos económicos de este tipo de explotación en la Comunidad Foral.
La Orden Foral establece los requisitos y compromisos que deben reunir los beneficiarios y los justificantes que se deben aportar para poder cobrar las indemnizaciones. El cálculo de la ayuda se realizará, en cualquier caso, de acuerdo con el baremo regulado en la citada disposición legal.
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