Se acaban de publicar en el BOE dos Reales Decretos, uno el RD 1466/2009, que aprueba las normas de identidad y pureza para los aditivos alimentarios, distintos de los colorantes y edulcorantes, autorizados para su uso en la elaboración de productos alimenticios. El otro, es el RD. Este RD establece que hasta el 13 de febrero de 2010 se permita la fabricación e importación de los aditivos E 412 (goma guar), E 526 (hidróxido de calcio), E 529 (óxido de calcio) y E 901 (cera de abejas) que, no ajustándose a los criterios específicos de pureza dispuestos en este Real Decreto, cumplan con la normativa anterior y que se pondrán comercializar, así como los productos alimenticios a los que se incorporen hasta el final de las existencias.
El otro Real Decreto es el RD 1465/2009, que aprueba las normas de identidad y pureza para los aditivos colorantes autorizados para su uso en la elaboración de productos alimenticios.
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.