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Publicadas las nuevas definiciones de agricultor profesional y de profesional de la agricultura

PAC 22 Oct 2009 2

En la Ley 10/2009 sobre representatividad del sector agrario, que se acaba de publicar, se han recogido dos modificaciones de la Ley 45/22007 para el desarrollo sostenible rural y de la Ley 19/11995 de Modernización de las explotaciones Agrarias en relación con las definiciones de profesional de la agricultura y de agricultor profesional, respectivamente.

En consecuencia, en la Ley para el desarrollo sostenible, se entenderá por profesional de la agricultura, la persona física titular de una explotación agrícola, ganadera o forestal que requiera un volumen de empleo de al menos media Unidad de Trabajo Agrario y que obtenga, al menos, el 25% de su renta de actividades agrarias o complementarias. Asimismo, el titular de una explotación agrícola, ganadera o forestal dado de alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios del Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, así como los encuadrados en dicho Régimen por su actividad agraria.

En cuanto a la nueva definición de agricultor profesional en la Ley de modernización de las explotaciones, será la persona física que siendo titular de una explotación agraria, al menos el 50 % de su renta total la obtenga de actividades agrarias u otras actividades complementarias, siempre y cuando la parte de renta procedente directamente de la actividad agraria no sea inferior al 25 por cien de su renta total y el volumen de empleo dedicado a actividades agrarias o complementarias sea igual o superior a la mitad de una Unidad de Trabajo Agrario.

Comentarios

  1. Adita dice

    20/02/2021 a las 06:55

    Soy agricultora desde 1997
    Debido a la crisis del 2008 me puse a trabajar por cuenta ajena en jornada completa en horario de mañana lo que me permite seguir con mis labores de campo por las tardes, fines de semana, festivos y vacaciones para poder hacer frente a un préstamo y una hipoteca que adquirí en tiempos de no crisis. Los ingresos por el trabajo por cuenta ajena son apenas 14000€ mientras que los de la agricultura 50000€ en la pasada campa, sigo dada de alta en la Seguridad social.
    Mi pregunta es: soy agricultora profesional?.
    Me reclaman una subvención de 246€ del seguro de Viña alegando que no soy agricultora profesional y les puedo asegurar que yo sigo llevando la explotación exactamente igual que cuando no trabajaba por cuenta ajena. (claro que apenas sin descanso.)

    Responder
    • Josele dice

      10/06/2021 a las 17:13

      En la Comunidad Valenciana a parte de los requisitos de los ingresos, también se ha dedicar al trabajo agrario al menos media UTA.

      Responder

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