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ASAJA sigue reclamando la instauración de un gasóleo profesional para el secto agrario

16/11/2009

ASAJA considera positiva la enmienda aprobada en el Pleno del Congreso a la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos por la que se da carácter indefinido a la devolución del Impuesto de Hidrocarburos del gasóleo, pese a ello insistimos en instauración del gasóleo profesional así como en la rebaja impositiva del resto de insumos agrarios. Igualmente, valoramos la aprobación por parte del Congreso de la exención de tributación con vigencia indefinida de las ayudas de la PAC que tienen que ver con el cese de actividad, tanto en su vertiente de abandono de cultivo como en la de arranque de plantaciones.

Con la enmienda aprobada se da carácter indefinido a la devolución del Impuesto de Hidrocarburos del gasóleo agrícola desde el 1 de enero de 2010 que, a partir de ahora se regula a través de un nuevo artículo 52 ter en la Ley 38/1992 de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. El importe de las cuotas a devolver será igual al resultado de aplicar el tipo de 78,71 euros por 1.000 litros de consumo.

Desde ASAJA recibimos con satisfacción esta medida y consideramos que el hecho de que el Gobierno le otorgue este “carácter indefinido” implica consecuentemente que reconoce la necesidad que tiene el sector de contar con un gasóleo profesional, como el que tienen ya otros países de nuestro entorno y otros sectores económicos de nuestro país. ASAJA seguirá reivindicando un gasóleo profesional así como una rebaja impositiva del resto de insumos agrarios (abonos, fitosanitarios, plásticos, piensos…) con especial hincapié en la fiscalidad de las tarifas eléctricas y el marco regulatorio de suministro eléctrico de las explotaciones.

Por otra parte, el Congreso ha aprobado la exención de tributación, con vigencia indefinida de las ayudas de la PAC que tienen que ver con el cese de actividad. Esta última medida fiscal tiene una gran importancia para el sector, ya que afecta a todos aquellos agricultores y ganaderos que puedan percibir ayudas por “abandono definitivo” de cultivo o producción o por “arranque de plantaciones”. A partir de ahora, se beneficiarán de una exención de tributación , tanto en el Impuesto de Sociedades como en el impuesto sobre la renta, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2007 y con vigencia indefinida.

La principal novedad de esta medida, además de su vigencia indefinida, es la inclusión de las ayudas por “abandono definitivo del cultivo de remolacha azucarera y de la caña de azúcar”, cuyos beneficiarios estaban, hasta ahora, obligados a tributar por ellas. Con esta medida, se atiende la reivindicación de ASAJA de equiparar el tratamiento fiscal del abandono de la remolacha al que tenían otras producciones y se hace justicia al cultivo de la remolacha tan castigado por la reforma comunitaria y a unos productores que se han visto obligados a abandonar el cultivo.

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