La Abogada General del Tribunal de Justicia de Luxemburgo, la británica Eleanor Sharpston ha emitido un dictamen inicial en el que señalar que la publicación de los datos de las ayudas de la PAC va en contra de la intimidad de los receptores. Tras el verano, se espera que el Tribunal de Justicia emita un dictamen definitivo sobre este caso. Si dicho dictamen recoge las recomendaciones de la Abogada General Sharpston, la Comisión Europea tendría que replantearse la norma sobre publicación de las ayudas PAC.
En 2006 se adoptó una normativa comunitaria, que establece que los Estados miembros tienen que publicar en Internet la lista de beneficiarios de las ayudas comunitarias (tanto agrarias como de desarrollo rural), indicando nombre, municipio y cantidad recibida. La lista tiene que estar publicada a más tardar, el 30 de abril de cada año para los datos de la PAC anterior.
Esta norma se empezó a aplicar en 2009 para los datos de la PAC 2008. En dicho año, Alemania fue el único país que no cumplió el plazo y publicó la lista mes y medio más tarde y además, incompleta, ya que no incluía los datos del länder de Baviera, uno de los más importantes desde el punto de vista agrario. En 2010, todos los países publicaron la lista en plazo, salvo el Reino Unido manifestando que lo haría tras sus Elecciones Generales, como así hizo.
Alemania durante largo tiempo se ha opuesto a publicar esta lista alegando el derecho a la intimidad del perceptor. Incluso un tribunal administrativo alemán en Wiesbaden había dado la razón a los agricultores que se oponían a su publicación.
En julio pasado, la Comisión Europea inició un procedimiento de infracción contra Alemania por no publicar la lista completa de beneficiarios de la PAC, alegando que solo el Tribunal Europeo de Justicia es el que tenía capacidad de invalidar una norma comunitaria.
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