Se acaba de publicar el Real Decreto 191/2011 que regula el Registro general sanitario de empresas alimentarias y alimentos. El objetivo de esta nueva norma es transponer la legislación comunitaria a la normativa nacional y actualizar ésta, que data de 1991.
Asimismo, la norma refuerza la protección de la salud al facilitar los controles y las actuaciones administrativas en casos de riesgos para la salud pública, reduciendo la carga burocrática tanto a las autoridades competentes como a los administrados, al no tener que darse una autorización previa para su inclusión en el Registro, facilitando la puesta en marcha de las empresas y sus transacciones comerciales.
Entre las principales novedades introducidas por el Real Decreto, cabe destacar:
• Se adapta el trámite de registro de empresas y establecimientos al enfoque común de reducción de trabas injustificadas o desproporcionadas al ejercicio de una actividad de servicio bajo la Directiva de servicios en el mercado interior de 2006: únicamente se exige autorización previa por la autoridad competente al inicio de la actividad económica a los establecimientos destinados a la actividad alimentaria relacionada con los productos de origen animal.
• Se modifica el ámbito de empresas y establecimientos objeto de registro en materia de seguridad alimentaria: se incluye a todas las empresas que sean el eslabón responsable de la cadena alimentaria, a la vez que se excluyen a las empresas y establecimientos dedicados en su actividad a productos químicos (detergentes, desinfectantes y plaguicidas de uso en la industria alimentaria), dado que el control oficial de estas empresas está enfocado por la peligrosidad de las sustancias que fabrican y no por razones de seguridad alimentaria.
• Con respecto al registro de los preparados alimenticios para regímenes dietéticos y/o especiales, las aguas minerales naturales y las aguas de manantial, se consolidan bajo el mismo texto legal las disposiciones ya vigentes.
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