Se acaban de publicar la Orden PRE 2610/2011 para incluir una nueva sustancia activa en el anexo I del Real Decreto 1054/2002, que es la lista de sustancias activas para su inclusión en biocidas. Se trata de la sustancia activa espinosad para uso en biocidas del tipo 18 (insecticidas, acaricidas y sustancias para controlar otros artrópodos).
Las empresas que comercializan biocidas del tipo 18 que contengan espinosad, dirigirán a la Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, una solicitud de autorización de comercialización de biocidas.
Los productos que a la entrada en vigor de esta orden (2 de octubre de 2011) cuenten con una autorización nacional en aplicación de lo previsto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, podrán seguir comercializándose al amparo de dicha autorización hasta que se dicte la correspondiente resolución respecto a su solicitud, siempre que hubiesen presentado alguna de las solicitudes previstas en la disposición adicional única de la presente orden antes del 1 de noviembre de 2012.
En el caso de que no se presente solicitud alguna de las previstas en la disposición adicional única de esta orden, para productos que cuenten con la citada autorización nacional, se entenderán cancelados sus correspondientes registros, y deberán dejar de comercializarse, al vencimiento del plazo para el que fueron autorizados y, en todo caso, el 31 de octubre de 2014.
La orden puede consultarse en el siguiente vínculo:
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