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La Agencia de Control Alimentario actuará de oficio cuando se acumulen pruebas suficientes de posibles incumplimientos en la cadena alimentaria

Alimentación 12 Feb 2014 0

El director de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), del Ministerio de Agricultura, José Miguel Herrero, ha anunciado que la agencia ha iniciado ya las primeras investigaciones, tanto por denuncias recibidas como por actuaciones de oficio, para comprobar el correcto funcionamiento de la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

José Miguel Herrero participó ayer en Barcelona en una jornada técnica sobre los retos de presente y de futuro del sector porcino, organizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural de la Generalitat de Cataluña, donde se ha referido a las actuaciones de la AICA respecto al control del cumplimiento de la citada ley

Durante la Jornada, Herrero ha subrayado el compromiso de la AICA para estudiar con detalle todas las denuncias que se presenten, e iniciar el correspondiente procedimiento sancionador si de dichas denuncias se detectara una presunta infracción de la ley. También ha asegurado que se actuará de oficio en el caso de que se acumulen pruebas suficientes que hagan sospechar de posibles incumplimientos.

En su intervención, el director de la AICA ha subrayado el importante valor de esta nueva ley para regular los contratos alimentarios y evitar las prácticas comerciales abusivas, En concreto, Herrero ha destacado que una de las principales novedades de esta norma es el establecimiento de la formalización obligatoria por escrito de los contratos alimentarios, antes de las prestaciones, para transacciones superiores a 2.500 euros, y cuando una de las partes es productor primario o agrupación de productores o PYME y el otro no.

En relación con las prácticas comerciales abusivas, Herrero ha recalcado que la norma prohíbe las modificaciones unilaterales de los contratos y los pagos adicionales sobre el precio pactado. A este respecto, también regula la información comercial sensible y la gestión de marcas.

Además, Herrero ha precisado que la ley regula las subastas electrónicas y la obligación de conservar los documentos durante dos años.

FUNCIONES DE LA AICA

Por otro lado, el Director de la AICA se ha referido al régimen de control administrativo establecido en la ley, que tipifica las infracciones y las sanciones correspondientes que, en función del ámbito de actuación de las partes, gestionarán las Comunidades Autónomas correspondientes o el Estado.

De esta forma, Herrero ha explicado que la Agencia de Información y Control Alimentarios, además de asumir las funciones de la extinta Agencia para el Aceite de Oliva, tiene entre sus obligaciones establecer y desarrollar el régimen de control de lo dispuesto en esta ley.

También deberá comprobar las denuncias por incumplimiento que le sean presentadas e instruir el procedimiento sancionador para formular la propuesta de resolución a la autoridad competente del MAGRAMA o trasladarlas a la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC). De igual manera, ha añadido Herrero, la agencia iniciará de oficio la investigación y la instrucción del procedimiento sancionador, y formulará las correspondientes denuncias ante la CNMC.

Al mismo tiempo, gestionará y mantendrá el Registro de Buenas Prácticas Mercantiles, y creará un sistema de información, seguimiento y análisis específico para aquellos productos alimentarios que se consideren especialmente sensibles o estratégicos.

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