Ya es oficial. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden PJC/780/2025, que modifica el Reglamento General de Vehículos para elevar la masa máxima autorizada (MMA) de los camiones de mercancías de 40 a 44 toneladas para el transporte de mercancías por carretera a nivel nacional. Esta medida, esperada durante años por varios sectores agrarios como el remolachero, el de piensos o el transporte de animales vivos, afectará a los vehículos articulados de cinco o más ejes y a los trenes de carretera con configuración 3+2 o 3+3.
También se amplía la altura máxima permitida a 4,5 metros para determinados tipos de transporte (transporte de paja, animales vivos y suministro de proveedores a industrias en distancias inferiores a 50 kilómetro).
El aumento de carga útil —hasta 4.000 kg adicionales por viaje— permitirá un mayor volumen de mercancías transportadas por trayecto y unificará normativas con otros países como Portugal y Francia, pero según denuncian las asociaciones de transportistas, también traerá consigo un incremento notable en los costes de operación: mayor consumo de combustible, desgaste acelerado de neumáticos y frenos, incremento de tiempos de carga y descarga, así como una disminución de la velocidad media. Por ello, el sector del transporte reclama que se incorporen mecanismos contractuales que garanticen que estos sobrecostes no recaen exclusivamente sobre los transportistas.
Desde la Asociación del Transporte Internacional por Carretera (ASTIC), se ha valorado positivamente la publicación definitiva de una medida largamente trabajada en el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), que alinea a España con países del entorno como Francia o Portugal. ASTIC recuerda que esta armonización interna también debería extenderse a nivel europeo para poder aplicar los mismos criterios en el transporte internacional. Asimismo, estima un incremento del coste de transporte entre el 14% y el 18%.
Sin embargo, organizaciones como la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) han mostrado su preocupación ante la ausencia, en el texto final, de una cláusula que vincule los contratos de transporte continuado a una revisión de precios basada en el aumento de costes. Esta cláusula, acordada previamente con el Ministerio, fue incluida en el borrador, pero no ha sido recogida en la versión definitiva publicada en el BOE.
Desde CETM se advierte de que sin esta garantía el cambio beneficia a los cargadores, al reducirse el coste por tonelada transportada en torno a un 9 %, mientras que los transportistas asumen una carga adicional que compromete la viabilidad económica del sector, especialmente en un entorno marcado por márgenes ajustados y escaso poder de negociación.
La orden, fruto del acuerdo entre el CNTC y el Ministerio de Transportes en diciembre de 2021, formaba parte de un paquete de medidas que incluía otras demandas históricas, como la prohibición de la carga y descarga por parte del conductor, la incorporación obligatoria de la cláusula de revisión por variación del precio del combustible o la devolución mensual del gasóleo profesional.
ASTIC pide que el Ministerio de Hacienda revise al alza el actual límite actual de 50.000 litros anuales por vehículo para poder beneficiarse del gasóleo profesional. Este techo, ya insuficiente en muchos casos, será superado por un número aún mayor de vehículos a partir del 23 de octubre, cuando comiencen a aplicarse efectivamente las nuevas masas máximas autorizadas. Según la asociación, ignorar este aspecto supondría un agravio económico
Hola, tengo una duda, si los que tenemos tractora de tres ejes y con remolque también de tres ejes, vaya resumiendo conjunto de 6 ejes y actualmente podíamos cargar hasta 44 t. ¿Con la nueva reforma ya no tiene ningún tipo de ventaja respecto a los conjuntos de 5 ejes?
O hay algo de tolerancia para este tipo de conjuntos estaban más preparados para el sobrepeso?