El Ministerio de Agricultura ha elaborado un video sobre las autorizaciones del viñedo. Desde el 1 de enero de 2016, para plantar viñedo de uva para vinificación se debe contar con una autorización, que se puede obtener por dos vías: por arranque y replantación de un viñedo, o a partir de un cupo que los Estados Miembros ponen anualmente a disposición de los interesados y que será como máximo del 1% de la superficie plantada a 31 de julio del año anterior.
Además, la normativa permite establecer limitaciones adicionales en el ámbito territorial de las DOPs y/o IGPs. Las autorizaciones no son transferibles y tienen una validez de 3 años desde el momento de su concesión.
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