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Bodegas de la DOP Cava podrán recibir hasta un 15% de uvas sin DOP en 2024

10/07/2024

Ayer, en el Consejo de Ministros se aprobó un real decreto sobre la normativa que regula los títulos profesionales del sector pesquero, que contiene una disposición transitoria de modificación de la normativa sobre potencial vitícola. Esta modificación tiene como finalidad dar respuesta a la escasez de uva de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Cava debido a la sequía, exclusivamente para la campaña de 2024.

El real decreto que regula el potencial vitivinícola recoge un sistema de autorizaciones de plantaciones de viñedo que permite limitar el crecimiento del potencial de producción, que se ha aplicado en diferentes denominaciones de origen, con el objetivo de asegurar un equilibrio entre la comercialización de los productos protegidos por la figura de calidad y la generación de su materia prima, con el fin de evitar el riesgo demostrado de devaluación de su posicionamiento en el mercado.

La DOP Cava lleva acumulado un periodo de sequía en las dos últimas vendimias, cuyos efectos se mantienen en la presente campaña, con un resultado de una importante disminución de la producción y que ha implicado una reducción de los stocks. Esta reducción de la oferta puede afectar significativamente al suministro de la demanda de cava, con el riesgo añadido de pérdida de mercados.

Por ello se han adoptado medidas excepcionales, aprobadas por el Consejo Regulador de la DOP Cava y aceptadas por todas las partes implicadas (producción primaria e industria, las comunidades autónomas y las administraciones públicas presentes). De este modo, se ha aprobado una modificación temporal del pliego de la DOP, según la cual, podrán entrar en bodegas amparadas por ésta, uvas de parcelas no inscritas, hasta un límite del 15 %, con destino a la provisión de garantía cualitativa.

Para dotar de mayor alcance a la medida propiciada por la modificación del pliego, se hace necesario el cambio de la normativa aprobado para los viticultores que cultivan variedades aptas pero no puedan destinar uva a la DOP Cava porque para poder plantar dentro del territorio amparado tuvieron que firmar un compromiso en este sentido hasta el 31 de diciembre de 2045, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre.

Para que esos viticultores puedan enviar su producción de uva a la referida provisión de la DOP Cava, excepcionalmente en ésta y sólo en esta vendimia 2024, se suspende temporalmente el plazo del compromiso previsto en el real decreto de potencial de producción vitícola.

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