El Consejo de Ministros ha aprobado esta semana, a propuesta del Ministerio de Agricultura, un Real Decreto que modifica las bases reguladoras para la concesión directa de las ayudas estatales para la renovación de maquinaria agraria que están estipuladas en el Real Decreto el 1055/2021.
La principal novedad reside en la inclusión de los equipos asociados al mantenimiento de las cubiertas vegetales entre los tipos de máquinas subvencionables, modificación que responde a una demanda del sector, con el objetivo de facilitar la renovación de esta maquinaria, en coherencia con el Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC) que incluye intervenciones que fomentan ese tipo de prácticas agrarias.
Las medidas previstas en este real decreto están orientadas a incentivar la adquisición de maquinaria nueva y el achatarramiento de la antigua, y buscan reducir las emisiones de CO2, de amoníaco y de partículas, además de optimizar la aplicación de insumos y de fijar carbono en el suelo. Al mismo tiempo se persigue también mejorar la eficiencia energética.
Con esta modificación, además, se clarifican algunos documentos que deben presentar los solicitantes para facilitar la tramitación de la ayuda y mejorar la gestión del procedimiento.
Estas bases renovadas constituyen el marco para la convocatoria de las ayudas del Plan Renove 2024, cuya publicación está prevista realizar entre los meses de junio y julio.
La maquinaria que será subvencionable será:
a) Tractores agrícolas.
b) Los siguientes tipos de máquinas automotrices:
1.º Equipos de recolección.
2.º Equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
3.º Equipos de aplicación de productos fertilizantes.
4.º Cisternas automotrices para aplicación localizada de purines.
5.º Equipos de manipulación y carga.
6.º Trituradoras de residuos vegetales.
c) Las siguientes máquinas arrastradas y suspendidas a vehículo tractor:
1.º Sembradoras directas.
2.º Cisternas para purines y dispositivos de aplicación localizada de los mismos.
3.º Abonadoras.
4.º Equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
5.º Trituradoras de residuos vegetales.
6.º Equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales.
d) Otros tipos de máquinas que hayan obtenido la marca de calidad recogida en el artículo 11 del Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola, y hayan sido certificadas por sus prestaciones, eficiencia agronómica, o protección ambiental.
e) Equipos de agricultura de precisión. Por las características y variedad de estos equipos, los requisitos documentales serán distintos y se especificarán en cada convocatoria.
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