El Ministerio de Agricultura ultima la publicación de una nueva convocatoria de ayudas para las explotaciones agrarias de titularidad compartida, que estarán dotadas con un presupuesto de 1.500.000 euros, lo que supone un incremento del 50 % con respecto a las convocadas en el año 2021, en su primera edición. Está previsto que la convocatoria se publique a finales del mes de abril.
Esta línea de subvenciones, que se regulan por el Real Decreto 819/2021, de 28 de septiembre, se puso en marcha en 2021 con el objetivo de ayudar a las explotaciones agrarias de titularidad compartida a hacer frente al pago de parte de las cuotas a la Seguridad Social. En la primera convocatoria recibieron estas ayudas 729 explotaciones, el 80,64 % del total de las que potencialmente podían beneficiarse, a las que correspondió un importe medio de 1.371,74 euros.
La medida tiene por objeto incentivar que las mujeres, que comparten tareas agrícolas en explotaciones familiares, participen en igualdad de condiciones en los derechos y obligaciones que les corresponden por su labor profesional, según el real decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones a las explotaciones agrarias de titularidad compartida.
Pueden acceder a estas ayudas las entidades que estén inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Titularidad Compartida del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (RETICOM) al menos un mes antes de la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que está prevista a finales de abril. Las explotaciones beneficiarias deberán permanecer inscritas en este registro al menos cinco años y sus titulares inscritos en la Seguridad Social durante idéntico periodo.
Se trata de ayudas de concesión directa, no sujetas a concurrencia competitiva de los solicitantes, y con cuantía máxima anual de 1.500 euros por explotación beneficiaria.
Ley de Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias
Entre las ventajas que ofrece esta norma se encuentra la reducción del 30 % de las cuotas de la seguridad social de la persona que se da de alta en titularidad compartida durante los primeros 5 años. Esta ventaja es compatible con una bonificación adicional del 50 % durante los primeros 18 meses y del 25 % los 6 siguientes. Asimismo, la situación de alta en titularidad compartida supone la representación solidaria de la explotación de ambos titulares y el reparto de los rendimientos al 50 %, considerándose además ambos titulares como beneficiarios directos de las ayudas y subvenciones de las que sea objeto la explotación.
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