El Ministerio de Agricultura (MAPA) ha elaborado un interesante documento para resolver dudas sobre la aplicación de la norma de calidad del aceite de oliva y orujo de oliva. Está articulado en forma de preguntas y respuestas para resolver las dudas más comunes que la nueva norma puede originar entre los operadores del sector que deben adaptar esta nueva regulación a su actividad.
En total son 62 preguntas y respuestas de muy variados temas como ámbito de aplicación de la norma, trazabilidad, notificación de los movimientos, documentos que hay que acompañar, análisis, separación de instalaciones, obligaciones en la conservación del aceite, envases, y prácticas prohibidas.
Para consultar el documento, pinche aquí
Sistema REMOA
La nueva norma de calidad del aceite de oliva y orujo de oliva, regulada por el Real Decreto 760/2021, de 31 de agosto, establece la obligatoriedad de registrar los movimientos de aceite a granel y que éstos vayan amparados por un documento de acompañamiento y un boletín de análisis que garantice la categoría declarada.
Para facilitar su aplicación el ministerio puso en funcionamiento el pasado 1 de octubre un sistema informatizado de registro de movimientos de aceites de oliva y de orujo de oliva a granel, REMOA, que en su primer mes de funcionamiento ha registrado 7.268 de movimientos.
Los operadores pueden acceder al REMOA a través de la página web de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), https://servicio.mapama.gob.es/gestioninternaica/Inicio.aao y del módulo sobre “Registro de movimientos de aceite de oliva y de orujo de oliva a granel”.
Asimismo, desde el comienzo de la obligación de este sistema de trazabilidad, hay a disposición de los operadores un servicio de atención al usuario en el teléfono 913225090 y el correo electrónico cauremoa@tragsa.es, donde se pueden consultar las dudas o problemática que pueda surgir en el deber de registrar los movimientos de estos productos.
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