El viernes, los Ministros de la UE aprobaron la Directiva revisada sobre los productos del tabaco, que fue aprobada formalmente por el Parlamento Europeo el 26 de febrero de 2014. Entre las normas que se recogen para los próximos años son grandes advertencias gráficas obligatorias de ambos lados de los paquetes de cigarrillos y tabaco para liar. Concretamente, se tiene que cubrir el 65% de las caras delantera y trasera de los paquetes con advertencias sanitarias frente a la norma actual que exige al menos el 30% del área frontal del paquete y el 40% de la trasera. Además, los paquetes de menos de 20 cigarrillos quedarán prohibidos.
Por otra parte, los cigarrillos electrónicos se regularán como productos medicinales si se presentan con propiedades curativas o preventivas. De lo contrario, se considerarán productos del tabaco. . En este caso, no podrán contener más de 20mg/ml de nicotina. Además, se autorizarán los cartuchos recargables.
Los aditivos esenciales para la producción del tabaco, como el azúcar, seguirán estando aceptados. Sin embargo, el texto prohibiría los cigarrillos y el tabaco de liar de sabores.
Se espera que la directiva se publique en abril.
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.