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Aprobados los planes hidrológicos de Galicia-Costa, Tinto-Odiel-Piedras, Guadalete-Barbate y Cuencas Mediterráneas Andaluzas

17/09/2012

El Consejo de Ministros aprobó el viernes pasado, mediante cuatro Reales Decretos, los planes hidrológicos de las demarcaciones de Galicia-Costa, Tinto-Odiel-Piedras, Guadalete-Barbate y de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas.

Se avanza así en el proceso de planificación hidrológica en las cuencas hidrográficas españolas, impulsando la coordinación de todos los intereses territoriales y garantizando el cumplimiento de la Directiva Marco del Agua y de los preceptos del texto refundido de la Ley de Aguas que la traspone en España.

Estos cuatro planes han sido elaborados por las administraciones hidráulicas competentes (la autonómica, al tratarse de cuencas hidrográficas comprendidas en el ámbito territorial de una Comunidad), de acuerdo con el Reglamento de Planificación Hidrológica, y examinados por la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Después, el pasado 28 de junio, estos cuatro planes de cuenca fueron aprobados por el Consejo Nacional del Agua, a propuesta del Ministerio, y tras someterse a un trámite de información pública durante al menos seis meses. En dicho Consejo Nacional del Agua también se aprobó el plan de la cuenca del Miño-Sil, que se elevará próximamente al Consejo de Ministros.

El Consejo Nacional del Agua es el órgano asesor del Gobierno en esta materia y en él están representados la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, los entes locales, los organismos de cuenca, las organizaciones profesionales y económicas relacionadas con los distintos usos del agua, las organizaciones sindicales y empresariales, y las entidades sin ánimo de lucro estatales.

El objetivo del Gobierno es aprobar los planes de cuenca de las demarcaciones competencia del Estado (intercomunitarias) en 2013 -inicialmente debían estar aprobados en 2009- e impulsar que en ese plazo se apruebe el mayor número de los planes de las cuencas intracomunitarias (de competencia autonómica), de acuerdo con la Directiva Marco del Agua, evitando así posibles sanciones comunitarias.

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