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Cataluña aprobará antes de finales de año el Decreto que regulará la venta de proximidad de productos agroalimentarios

06/09/2012

El Departamento de Agricultura de Cataluña (DAAM) presentó en agosto pasado el proyecto de Decreto que regulará la venta de proximidad de los productos agroalimentarios. La nueva normativa responde a la creciente demanda de los productores agrarios y del sector de la restauración de obtener un reconocimiento específico para este tipo de comercialización, además de querer dar cumplimiento a las nuevas exigencias de una parte de los consumidores.

También se presentó la imagen del logotipo con el que se identificará y acreditará los productos y los productores / transformadores agrarios que venden directamente. Esta imagen gráfica consistirá en una flecha que rodea una tipografía con la inscripción «Venta de proximidad» y el subtítulo «circuito corto» o «directa» en función de la imagen que se vaya a utilizar para cada caso. Esta flecha simboliza el recorrido de la venta y se acaba con 4 rayas que representan el territorio protagonista de esta venta de proximidad, Cataluña. Aquellos que cumplan los requisitos, una vez adheridos al sistema de venta de proximidad podrán descargarlo en el logotipo identificativo del sitio web de la Generalitat ( www.gencat.cat / piv ). Tras este trámite, se puede realizar inmediatamente la actividad.

Según el DAAM, la venta de proximidad puede significar un paso adelante en la comercialización de los productos agroalimentarios, ya que ofrece garantías de seguridad, calidad y frescura de los alimentos, en un momento en que ha aumentado la demanda de este tipo de productos que han sido producidos, elaborados y vendidos por los propios productores.

El DAAM considera que el consumidor cada día más valora recibir de forma directa y sin tantos intermediarios un producto más cercano, fresco y de temporada, Se trata de un segmento del mercado que hay que potenciar y por este motivo desde el Departamento de Agricultura, junto con otros Departamentos, está elaborando el citado Decreto. Según el DAAM, aunque la venta directa y los circuitos cortos no pueden ser la forma de comercialización de toda la producción agroalimentaria catalana, con la venta de proximidad sí se puede mejorar la rentabilidad de los pequeños productores, al tiempo que se facilita el conocimiento los productos y productores por parte del consumidor y ayuda a la viabilidad económica del campo catalán y, consecuentemente, el desarrollo socioeconómico de las zonas rurales.

Desde el punto de vista de los consumidores, éstos cada vez están más interesadas en conocer el origen, los sistemas de producción de los alimentos y su sostenibilidad. La identificación de las empresas que se dedican a la venta de proximidad de productos agroalimentarios de producción o producción y elaboración propia da respuesta a esta demanda.

La aprobación de este Decreto conllevará un desarrollo de la Ley 18/2001, de 31 de diciembre, de Orientación Agraria, que señala como líneas de actuación de las políticas agrarias la priorización de iniciativas de fomento de la transformación agroindustrial que comporte más participación de las personas productoras en los valores añadidos de los productos, y el fomento de la mejora de las condiciones en que se realiza la transformación y la comercialización de la producción agroalimentaria.

La regulación de esta modalidad de venta, complementará próximamente el marco normativo vigente en materia de modernización de las explotaciones agrarias, que considera como actividad agraria la venta directa de la producción propia del agricultor, ya sea en su explotación, en mercados municipales y en lugares que no sean establecimientos comerciales permanentes.

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