En junio de 2010, el Departamento de Agricultura de EEUU (USDA), a través de su organismo de ganado, industrias e inspección de granos (GIPSA) elaboró y presentó una propuesta de norma, cuya finalidad es promover unas transacciones más transparentes entere productores y mataderos y entre integrados e integradores, de forma que el mercado funcione de una forma más transparente y eficiente. Un año y medio después, la norma que finalmente se ha publicado en el Federal Register es un texto descafeinado con respecto a la propuesta inicial.
Con el fin de poder sacarla para adelante, el USDA optó por eliminar los puntos que generaban más conflicto. Por tanto, se han eliminado del texto definitivo las siguientes medidas que si estaban en la propuesta inicial:
– La prohibición de que los mataderos e industrias pudieran comprar animales vivos a otros mataderos e industrias.
– La prohibición de poder pagar primas de precio en base a preferencias indebidas (como por ejemplo, en la integración de aves y cerdos, ofertar un precio más alto a un único productor que ofrece un cierto volumen, mientras que se paga un precio más bajo a un grupo de productores que pueden ofertar en conjunto, el mismo volumen que el productor único).
– La obligación de establecer un precio base en la producción integrada de aves, de manera que los avicultores que crían el mismo tipo de aves reciban el mismo precio base, no pudiéndose pagar por debajo de este precio base.
– La obligación de mantener registros que justifiquen las decisiones de precios diferenciales pagados.
– La prohibición del sistema que habitualmente se usa en los contratos de integración de aves, por el que se paga a los avicultores en función de la eficiencia de uso de los piensos.
Por el contrario, el USDA si ha conseguido mantener en el texto final que no sea obligatorio que el avicultor tenga que hacer mejoras en su explotación, que le imponga su integrador, cuando éstas tengan un coste superior a 12.500 dólares. No obstante, lo que la norma no ha podido prohibir es que los integradores paguen primas a aquellos avicultores que han realizado voluntariamente las mejoras.
La norma definitiva regularía la obligación de un contrato escrito entre integrador e integrado y aspectos tales como las condiciones para la entrega de las animales, de ruptura del contrato y de arbitraje.
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