Los Ministros de Agricultura no han alcanzado mayoría suficiente ni para aprobar ni para rechazar la propuesta de la Comisión Europea de que el 1,3 dicloropropeno no se incluya en el anexo I de la directiva 91/414, que recoge la lista de productos autorizadas para la sanidad vegetal. En consecuencia, será la Comisión la que tendrá que tomar una decisión antes de 3 meses.
En julio pasado, el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria tampoco consiguió la mayoría suficiente para autorizar o rechazar la propuesta, motivo por el cual, ésta ha ido al Consejo.
La propuesta de no incluir el1,3-dicloropropeno en el anexo 1 es debido a que desde 2007 existen la preocupación de posible liberación al medio ambiente de cantidades de impurezas policloradas, conocidas y desconocidas. En 2008, un nuevo informe sobre el producto fue presentado, el cual fue evaluado por el Estado miembro portavoz designado (España) y la Autoridad Europea de Seguridad de los Alimentos (EFSA). Sin embargo, este nuevo informe no eliminaba los riesgos específicos que condujeron a que inicialmente se propusiera su no inclusión.
En España, el Ministerio de Medio Rural ha autorizado de manera excepcional, durante ciertos meses de 2009 y 2010, la comercialización de productos fitosanitarios con 1,3 dicloropropeno. Desde el 20 de marzo de 2009 no se puede comercializar ni utilizarse productos que contengan 1,3 dicloropropeno. No obstante, la normativa comunitaria actual prevé que los Estados miembro pueden autorizar su comercialización por un periodo no superior a 120 días.
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