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ASOPROVAC: El Consejo de Ministros de la UE da luz verde a una nueva denominación de venta TERNERA

13/06/2007

Madrid, 12 de junio de 2007.- El 21 de septiembre de 2006 la Comisión Europea puso encima de la mesa una propuesta de Reglamento para aclarar las condiciones comerciales para la carne de bovino procedente de animales de 12 meses o menos, al objeto de unificar la misma en los Estados miembros, evitando así la supuesta confusión de los consumidores.

Tras un largo debate, centrado en el reconocimiento de las diferentes realidades productivas y presidido por los intereses comerciales de los distintos países, el día 11 de junio el Consejo de Ministros de la Unión Europea ha aprobado dicha normativa. Según la misma, en todos los países comunitarios, la denominación de venta de la carne perteneciente a animales de 0 a 8 meses de edad será «ternera blanca (o lechal), carne de ternera blanca (o lechal)», mientras que la de animales de entre 8 y 12 meses será «ternera, carne de ternera». De igual modo, el término «ternera», no podrá utilizarse para el etiquetado de animales de más de doce meses.

A juicio de ASOPROVAC, la medida oculta claramente los intereses de los grandes países productores de carne blanca (Francia, Bélgica e Italia), que producen animales de menos de ocho meses alimentados solo con leche.
La disminución de la edad de los animales cuya carne puede acogerse al término ternera les beneficia a todas luces, pues a la vez que permite que su principal producción pueda acogerse a la denominación de ternera, elimina la competencia de las producciones de otros países para este mercado, como es el caso de Holanda y Dinamarca.

Tradicionalmente en nuestro país, el más afectado por la nueva medida, la denominación comercial de ternera se asimila a una carne rosada procedente de un animal joven sacrificado con 11 y 14 meses y alimentado exclusivamente a base de pienso –descontando la leche maternizada empleada en el destete-.

La situación es por tanto sumamente complicada, ya que se trata de modificar los usos y costumbres de decenas años en la denominación de carne de vacuno por parte de los consumidores y carniceros profesionales de una importante parte del territorio nacional.

El hecho es especialmente grave para aquellas zonas de España que ceban animales pasteros procedentes de las vacas nodrizas españolas y los sacrifican con más de 12 meses, puesto que ahora se verán obligadas a modificar su sistema de producción en función de la nueva denominación comercial o a una posible pérdida de su ventas.

Aún así, la medida afectará también a zonas de España en las que se producen animales más jóvenes, puesto que tendrán que competir con carnes procedentes de otros Estados miembros (Polonia, Dinamarca, Holanda, etc.) que podrán también valorizarse en nuestro mercado con la denominación de ternera.

ASOPROVAC ha defendido en todo momento que la denominación de ternera debe ir ligada al sistema de alimentación, más que a la edad, diferenciando exclusivamente los animales criados sólo con leche (carne blanca); pero la Comisión ha escogido el camino más fácil de controlar, que es la edad, con la consecuencia de obligar a España a cambiar el nombre de lo que tradicionalmente denominábamos ternera, un producto perfectamente reconocible por el consumidor español.

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