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COAG subraya que la devolución del IEH supone la cuantía económica más importante destinada al sector agrario de todos los acuerdos firmados

16/02/2007

Sevilla, 15 de febrero de 2007. El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda que regula la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH), 0,078 euros por litro, a los agricultores y ganaderos. Esta medida está recogida en el Acuerdo firmado en diciembre de 2005 entre el Ministerio de Agricultura y el Ministerio de Hacienda y varias organizaciones agrarias, entre ellas COAG, para paliar los efectos de la subida de los carburantes en el campo.

COAG anima a los agricultores y ganaderos a que realicen cuanto antes los trámites necesarios para poder acceder a la devolución del IEH: 0,078 euros por litro de gasóleo consumido o comprado, sin límite de volumen, que haya sido facturado entre el 1 de octubre de 2005 y el 30 de septiembre de 2006. Las solicitudes se realizarán de forma telemática a través de Internet, mediante una aplicación informática situada en el portal web de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, bien directamente por los agricultores o por mediación de organizaciones como COAG que tengan suscrito un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. El plazo de presentación es de dos meses.

La devolución del IEH supone la cuantía económica más importante destinada al sector agrario de todos los acuerdos firmados con la Administración para paliar la desproporcionada subida del gasóleo agrícola. No obstante, no es la única medida de la que se van a beneficiar los profesionales del campo. Desde el 1 de enero de 2006 se está aplicando otro de los logros conseguidos: el incremento de un 1% del IVA compensatorio de agricultura y de 0,5% en ganadería. También se ha puesto en marcha el Plan Renove de maquinaria agrícola y las mesas sobre fiscalidad, biocarburantes y precios. Asimismo, en octubre de 2006 se abrió un nuevo periodo de doce meses para la devolución del IEH.
El acuerdo firmado en 2005 culminará con la puesta en marcha del gasóleo profesional para el sector agrario, que COAG ha solicitado al Ministerio de Agricultura y a la Agencia Tributaria que se adelante al 1 de enero de 2008, aprovechando la armonización fiscal a nivel comunitario y la propia del sector transportista, prevista para esa fecha (el acuerdo firmado señala como fecha elegida para su puesta en marcha el 1 de enero de 2009).

La reducción de la renta agraria unida a la continuada subida de inputs como el gasóleo o los fertilizantes, la escasez en la disponibilidad de agua de riego, a los que hay que sumar nuevos costes por el cumplimiento de las normativas cada vez más estrictas de protección medioambiental, seguridad en el trabajo, gestión de residuos, instauración de la trazabilidad y la certificación del aseguramiento de la calidad, suponen un significativo incremento de los costes de producción para el sector agrario que amenaza, diariamente, la viabilidad de las explotaciones. “En este sentido, todas las medidas que sirvan para amortiguar los efectos estas subidas, tales como la devolución del IEH, son un balón de oxígeno para agricultores y ganaderos. Las previsiones apuntan a que no descenderán los precios de los carburantes, algo que por otra parte sería deseable, por lo que se hace necesario dotar de cierta estabilidad al sector adelantando la puesta en marcha del gasóleo profesional agrícola, que supone la eliminación del Impuesto Especial de Hidrocarburos en el coste final del mismo”, ha matizado Miguel López, Secretario General de COAG.

Las medidas que pueden establecerse respecto a la subida del precio del gasóleo agrícola tienen que ser de tipo fiscal, como las que COAG está planteando, ya que el precio del gasóleo está liberalizado y no se puede negociar. Tampoco existe la posibilidad de aprobar ayudas directas para compensar el alza de los precios del carburante, ya que la normativa comunitaria no lo permite.

* Requisitos y datos

Pueden solicitar la devolución todos los agricultores y ganaderos (personas y entidades) y todos aquellos que hayan estado inscritos en el Censo de Hacienda como empresarios o profesionales en relación con el ejercicio de actividades agrícolas y/o ganaderas. En la solicitud de devolución, deben constar el NIF, la matrícula del vehículo que ha consumido el gasóleo, el tipo y número de fabricación de la maquinaria, el número y fecha de factura, el código de identificación minorista (CIM) del lugar donde se ha adquirido el gasóleo, el volumen de litros bonificado, el importe y la identificación de la entidad financiera y la cuenta corriente a la que deban efectuarse las transferencias de las devoluciones. Si la solicitud es aceptada, la Agencia Tributaria devolverá en pantalla la solicitud validada, con un código electrónico de 16 caracteres, además de la fecha y hora de presentación.

* Repercusión en Andalucía

Esta medida puede tener una importante repercusión para los agricultores y ganaderos andaluces, ya que en nuestra comunidad el consumo anual de gasóleo es de unos 450 millones de litros, ronda, según datos del MAPA.

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