Cáceres a 14 de febrero de 2007. Hace un tiempo que el funesto personaje que ocupa la Consejería de Desarrollo Rural no daba señales de sus lindezas. Pues bien, el conocido como “desastre Iniesta” ataca de nuevo.
El Ministerio de Agricultura ante la polémica suscitada sobre la futura normativa de la mejora de la seguridad vial, ha aclarado que no se contemplara ninguna prohibición genérica de circulación de vehículos en las vais rurales.
Pues bien, cuando el ministerio da marcha atrás en su ilógica idea nos encontramos de nuevo la sorpresa, y como no podía ser de otro modo la misma viene de Extremadura y en concreto del incombustible y ahora metido a labores de “benemérito” Consejero de Desarrollo rural.
El D.O.E. ha publicado la apertura de plazos para formular observaciones a la orden por la que se regula la circulación de vehículos a motor de carácter no agrícola en las vías pecuarias.
Lo primero que nos llama la atención es que salvo tractores, cosechadoras y maquinaria específicamente agraria no podrá circular ningún vehículo a motor por las vías pecuarias. Esto es, los empleados de las explotaciones agrarias, los agricultores, los ganaderos, los cazadores, etc., volverán a burros, mulas y caballos a la antigua usanza salvo que el Consejero les emita el salvoconducto reglamentario.
A renglón seguido nuestro ilustre Consejero asume funciones de la Dirección General de Tráfico y fija los modos de conducción así como las habilidades de los conductores, no concediendo autorización a aquellos que puedan ser competitivos.
En el articulo 2 introduce un elemento novedoso a nivel mundial, cual es la limitación de la velocidad a 40 km./hora. Para controlar la velocidad se va a proceder a la adquisición de radares a tal objeto, por lo que solicitamos que la Consejería publique en su página WEB la ubicación de los mismos así como las sanciones tanto pecuniarias como de puntos que sufriremos el sector.
En el artículo 3 establece los beneficiarios de las autorizaciones para circular, limitándose a agrupaciones y asociaciones legalmente constituidas. Solicitamos que se admitan de oficio para todos los miembros de las cooperativas agrarias, de las A.D.S, de las organizaciones agrarias, etc.
En el apartado 4.4., prohíbe específicamente la circulación en los periodos de crecimiento de hierbas así como de transito de ganado, lo que supondrá la recuperación de las mulas y caballos para el traslado de la ganadería trashumante, prohibiendo a dichos ganaderos el apoyo logístico que hasta la fecha realizaban los vehículos que suelen llevar la comida, medicamentos, etc.
En su disposición adicional única obliga a comunicar al SEPRONA la hora de comienzo y finalización de las rutas. Esperemos que el SEPRONA utilice igualmente burros, mulas y caballos para realizar sus servicios como los agricultores y ganaderos.
A escasamente dos meses de las elecciones no vamos a pedir ni dimisiones, ni ceses, solamente queremos dejar constancia del grado de incapacidad e ineptitud que algunos personajes metidos a políticos han alcanzado.
Lo único que en lógica podemos pedir es que se retire el proyecto de orden y que al consejero de desarrollo rural le aconsejen algún tratamiento contra el intervencionismo desmesurado que padece.
Ángel García Blanco
Presidente de Asaja Extremadura
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