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Valoración de la Comisión Europea sobre el cumplimiento de las medidas aplicadas a los subproductos animales

05/10/2006

En líneas generales, en la UE-25 se han establecido los principales mecanismos e infraestructuras para manipular la mayoría de los subproductos de origen animal no destinados a la consumo humano, de acuerdo con las normas comunitarias. Sin embargo, se han detectado deficiencias en varios países. Esta es una de las conclusiones de un informe de la Oficina Veterinaria y Alimentaria de la UE (FVO). Este informe se ha redactado tras 25 inspecciones realizadas en los estados miembro en 2004 y 2005. La inspección en España se llevó a cabo a finales de noviembre de 2004.

El informe precisa que se consideran satisfactorios los controles oficiales de la mayoría de los materiales de las categorías 1 y 2. No obstante, con el fin de garantizar que los subproductos animales de todas las categorías vayan solo por las líneas autorizadas para su eliminación o utilización permitida, el informe aconseja introducir las siguientes mejoras:

a) Definición de las competencias y de la cooperación entre las autoridades competentes implicadas.

b) Establecimiento de las disposiciones legales y administrativas precisas.

c) Realización de los controles oficiales relativos a la categorización y la trazabilidad de los subproductos animales.

La legislación comunitaria sobre subproductos animales se introdujo en 1990, pero posteriormente fue endureciéndose debido a la EEB. El marco jurídico actual es el Reglamento (CE) nº 1774/2002.

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