El Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del
Territorio y Vivienda ha aprobado la convocatoria de ayudas
para solicitar ayudas económicas para la realización de Planes de Ordenación
Cinegética durante el año 2005. Los titulares del derecho del aprovechamiento
cinegético de los cotos de caza de Navarra interesados en esta convocatoria
deberán presentar sus solicitudes en el Registro del Departamento (Avenida del
Ejército, 2 de Pamplona) dentro de los 30 días naturales posteriores a la
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra (se prevé que
se publique en las próximas semanas).
Esta convocatoria, para la
que se han destinado 90.000 euros, tiene por objeto el establecimiento de ayudas
económicas destinadas a la elaboración de Planes de Ordenación Cinegética. Cabe
recordar que el Decreto Foral 390/1993, de 27 de diciembre, establece que los
titulares del derecho de aprovechamiento cinegético tienen la obligación de
elaborar un Plan de Ordenación Cinegética, cuya vigencia máxima es de cinco años
o, en su caso, hasta la finalización de la adjudicación del aprovechamiento si
el plazo de éste fuera inferior.
A la presente convocatoria de
ayuda económica podrán acogerse todos los titulares del derecho del
aprovechamiento cinegético de los cotos de caza de Navarra que reúnan las
siguientes condiciones (ver tabla adjunta):
–
Tener vigente
el coto de caza al menos durante la temporada de caza 2004/2005.
–
Tener el Plan
de Ordenación Cinegética que caduque antes del 31 de diciembre de 2005.
–
No haberse
acogido a las ayudas del Departamento de Medio Ambiente para realizar los Planes
en los años 2001, 2002, 2003 ó 2004.
–
Que el titular
del aprovechamiento del coto esté al día de sus obligaciones respecto a la
aceptación de cazadores navarros sin coto ni derecho a él y respecto a las
cuotas cobradas en cada caso y disponga de los libros de actas, de socios y de
cuentas actualizados.
–
Que el coto
presente un funcionamiento correcto de acuerdo con la normativa vigente y no
esté incurso en expediente no resuelto de agrupación forzosa.
–
No tener
pendiente deuda alguna con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Los cotos que
excepcionalmente estén autorizados con una superficie inferior a 2.000
hectáreas, cuya gestión directa corresponda a la Entidad Local, podrán solicitar
prórroga del Plan de Ordenación Cinegética hasta la finalización del coto con un
máximo de 5 años desde la aprobación inicial del Plan de Ordenación Cinegética,
siempre que la delimitación física del acotado no cambie con respecto a la
existente cuando se aprobó el último Plan.
El plazo para la entrega del
Plan de Ordenación Cinegética terminado y firmado por el titular del
aprovechamiento cinegético y el técnico redactor finalizará de forma
improrrogable el 1 de noviembre de 2005.
Cuantía de las ayudas
Las ayudas se otorgarán de
acuerdo a los siguientes criterios de preferencia: cotos públicos adjudicados
directamente a la asociación local de cazadores; cotos públicos gestionados
directamente por la entidad local; cotos públicos adjudicados en subasta
pública; y cotos privados. La cuantía máxima de la subvención por Plan será la
que se detalla en el cuadro adjunto, y en cualquier caso no podrá ser superior
al 60% del importe de la factura presentada por el coste de realización del Plan
de Ordenación Cinegética.
Los beneficiarios de las
ayudas estarán obligados a aportar el personal necesario para llevar a cabo los
trabajos de campo cuando sean requeridos por el técnico que asista en la
elaboración del Plan; a mantener un contacto continuo a través del técnico
redactor del Plan con los técnicos de la Sección de Caza y Pesca; a admitir en
todo momento la revisión y verificación por la Sección de Caza y Pesca de los
contenidos de las distintas fases del Plan; y a ajustar estrictamente la
elaboración, contenidos y presentación del Plan al pliego de condiciones
técnicas.
En concreto, el técnico
redactor del Plan de Ordenación Cinegética deberá mantener un contacto continuo
con los técnicos de la Sección de Caza y Pesca, al menos, en los siguientes
aspectos:
–
Perdiz:
clasificación de los terrenos y resultado y análisis de los muestreos.
–
Caza mayor:
delimitación de resaques, análisis de las fichas y otros resultados
complementarios.
–
Liebre, conejo
y zorro: clasificación de los terrenos y resultados y análisis de los muestreos
nocturnos.
–
Zonificación
del coto: reservas y refugios, zona de caza sembrada, zona de perros, etc.
El incumplimiento
total o parcial de las condiciones de la actividad objeto de ayuda dará lugar a
la obligación del reintegro del importe total de la ayuda económica recibida. En
este sentido, el Departamento de Medio Ambiente velará por el cumplimiento de
las condiciones exigidas para la concesión de las ayudas económicas y la
correcta realización de las inversiones previstas.
Pamplona, 31 de marzo de 2005
Cuantía máxima de las ayudas
Coto de caza |
Subvención máxima |
Cotos palomeros |
270,00 euros |
Cotos de superficie menor |
2196,00 euros |
Cotos de superficie entre |
2196,00 euros+0,36 |
Cotos de superficie entre |
2196,00 euros+0,28 |
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