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UAGA-COAG solicita al gobierno de Aragón que no penalice a los productores de arroz

24/09/2004

Zaragoza, a 23 de septiembre de 2004.- Durante la presente campaña se está realizando una inspección por satélite en relación con las ayudas de la Política Agraria Comunitaria (PAC) en diversas zonas de la Hoya de Huesca y Monegros. Los datos aportados por el sistema de teledetección difieren con los facilitados por algunos agricultores, concretamente en el caso de los productores de arroz.

La Unión de Agricultores y Ganaderos de Aragón, UAGA-COAG, señala que el agricultor a la hora de hacer su declaración de “Ayudas por Superficies, Ganaderas y Medioambientales” se basa en los datos que se reflejan en la ficha catastral, lo certificado por los ayuntamientos o lo aportado por el Gobierno de Aragón. Sin embargo, UAGA-COAG destaca que lo que se mide con la teleinspección son los llamados “recintos” que no son propiamente la superficie de la parcela sino únicamente las partes cultivadas. Esta situación ha creado, según la organización, un gran desconcierto entre los productores de arroz, ya que el sistema tradicional implica, para su buen manejo, el establecer unos lindes o márgenes de 2 metros o más en la parcela.

Por ese motivo, UAGA-COAG ha solicitado al Departamento de Agricultura la no aplicación de descuentos en las ayudas de la PAC atribuidos a la existencia de bancales, ribazos, setos o linderos u otras superficies marginales de la explotación agrícola, con una vocación claramente protectora del suelo y de la biodiversidad existente, en todos aquellos territorios en los que se den estos elementos.

La “Determinación de las superficies” del reglamento de la Comisión dice que “podrá tenerse en cuenta la superficie total de una parcela agrícola a condición de que se utilice en su totalidad según las normas consuetudinarias del Estado Miembro o Región de que se trate”. En el párrafo siguiente matiza que “en las regiones donde determinadas características, en particular los setos, zanjas y muros, constituyan tradicionalmente parte de las buenas prácticas de cultivo o utilización, los Estados miembros podrán decidir que la superficie correspondiente se considere parte de la superficie completamente utilizada, a condición de que no supere una anchura total que deberán determinar los Estados miembros”. Más adelante aclara “sin superar los dos metros”. Pero en el siguiente párrafo dice que “Previa notificación a la Comisión, los Estados miembros podrán autorizar una anchura superior a 2 metros si esas superficies se han tenido en cuenta para la fijación de los rendimientos de las regiones en cuestión”. La condición de que “se hayan tenido en cuenta a la hora de fijar los rendimientos” obviamente la cumple, pues cuando el Estado español fijó la superficie se basó en las del catastro y en éste la parcela figuraba completa, con sus “zanjas, setos y vallas” incluidos.

Por último, UAGA-COAG considera imprescindible fijar unos objetivos a las mediciones, que favorezcan al agricultor y no lo perjudiquen, siempre que sea posible y, por supuesto, sin contravenir en ningún caso la legislación vigente.

Para informar a los agricultores afectados, la organización ha convocado una asamblea que tendrá lugar el lunes día 27, en el Ayuntamiento de Grañén.

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