El Ministerio de Agricultura ha publicado la Orden APA 248/2004 sobre limitación de la superficie de algodón a afectos de la ayuda en la próxima siembra (campaña 2004/2005), en la que se estable lo siguiente:
– Con carácter general para la campaña 2004/2005, para tener derecho a la ayuda en esta próxima campaña de siembra será necesario que el algodón proceda de superficies localizadas en parcelas catastrales en cuyas superficies agrícolas se haya sembrado algodón con derecho a ayuda al menos una vez en alguna de las campañas 1999/2000, 2000/2001, 2001/2002, ó 2002/2003 (Se excluye la campaña pasada 2003/2004). Esta medida tendría carácter extraordinario, y sería de aplicación exclusivamente en la campaña 2004/2005
No obstante lo anterior, se permite una excepción para una superficie adicional con derecho a la ayuda a la producción que no podrá superar 6.500 hectáreas, sin reunir el requisito anterior. En el caso de que la suma de las superficies incluidas en las solicitudes que se acojan a esta excepción superase las 6.500 hectáreas, se realizará una reducción proporcional de forma que la proporcionalidad se aplicará en primer lugar a superficies que superen 50 hectáreas de cada una de las solicitudes. Si después de aplicar el criterio anterior se sigue superando el límite máximo establecido, se mantendrá la proporcionalidad sin autorizar en ningún caso superficies superiores a 50 hectáreas. La CCAA tomarán las medidas necesarias para evitar que se dividan artificialmente explotaciones para eludir el límite de las 50 Ha.
– Las superficies resultantes de estas limitaciones no generarán en ningún caso derechos de futuro.
La regulación de las siembras de algodón se realiza desde hace varias campañas con el fin de ajustar la siembras en la medida de lo posible a una producción que permita unas penalizaciones en la ayuda moderadas y un precio razonable para los productores, ya que el mecanismo de la actual OCM desencadena elevadas penalizaciones si se rebasan determinados umbrales de producción.
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